Juzgado de Garantia de Viña del Mar

MP C/ RODRIGO ANDRÉS CHAMORRO GONZÁLEZ

Rol

O-2318-2024

Fecha

7 de abril de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DAÑOS SIMPLES., LESIONES LEVES ART. 494 N° 5

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OIDOS: 1°: Ante este Juzgado de Garantía, el Ministerio Publico presentó requerimiento en juicio simplificado contra RODRIGO ANDRÉS CHAMORRO GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 19.013.790-2, domiciliado en Sector CERRO PLACERES, SOBERANIA ALTO Nº 1, Valparaíso, representado por la Defensoría Penal Pública, cuyos datos se encuentran ya registrados en el tribunal. 2°: El requerimiento se basa en los siguientes hechos: “El día 22 de marzo del 2024, en la vía pública, específicamente en la calle Cuarta, frente al número 165 de la ciudad de Viña del Mar, el imputado Rodrigo Andrés Chamorro González procedió a causar daños al vehículo placa patente única BH1820 de propiedad de la víctima don Carlos Antonio Cruz Rubilar, consistentes en una abolladura en la puerta a costado izquierdo, que resulta salir levemente de su base, la cual tiene un avalúo superior a una unidad tributaria mensual, además de amenazar a la víctima don Carlos Antonio Cruz Rubilar manifestándole lo siguiente: “que lo iba a matar, que le aplastaría la cabeza con la rueda de su auto”. Luego, posteriormente, le vuelve a reiterar que lo mataría, que tenía problemas y que por eso reaccionaría golpeándolo y matándolo. Además, se indica que el imputado habría agredido a la víctima golpeándolo en su cara, cabeza, cuello, brazos, producto de lo cual la víctima resultó con las siguientes lesiones. Excoriación leve miembro superior, derecho, contusiones múltiples de carácter clínicamente leve”. En concepto del Ministerio Público, estos hechos constituyen: DELITOS: Un delito de daños, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, un delito de amenazas, previsto y sancionado en el artículo 296, N° 3 del Código Penal, Código: XBNZXTHREYV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl y lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494, N° 5 del Código Penal. PARTICIPACIÓN: Autor. GRADO DE DESARROLLO: Consumado CIRCUNSTANCIAS MODIFICA

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto los artículos 1, 15, 11 N° 6, 25, 51, 296n° 3, 487 y 494n° 5 del Código Penal, 295, 296, 340, 388 y siguientes de Código Procesal Penal, ley 18216 SE DECLARA: I.- Que se condena a RODRIGO ANDRES CHAMORRO GONZALEZ: Como autor de los hechos ocurridos en este territorio jurisdiccional, el día veintidós de marzo de dos mil veinticuatro, a las siguientes penas: a.- Como autor del delito de amenazas simples en perjuicio de Carlos Antonio Cruz Rubilar, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio publico mientras dure la condena, sin costas. b.- Como autor del delito de lesiones leves en perjuicio de Carlos Antonio Cruz Rubilar, a la pena de un tercio de unidad tributaria mensuales, sin costas. Pena que se da por cumplida con el tiempo que pasó privado de libertad el día 23 de marzo de 2024. c. Como autor de delito de daños en perjuicio de Carlos Antonio Cruz Rubilar, la pena de sesenta y un días de reclusión menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público, sin costas. II.- Se sustituye las dos penas privativas de libertad impuestas al condenado, por la pena de remisión condicional, quedando sujeto a la observación y control del delegado de Gendarmería de la unidad más cercana a su domicilio, por el plazo de un año. Se deja expresa constancia que no hay abonos que considerar para el caso de revocación de esta pena sustitutiva. III.- Que NO se condena en cost

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Viña del Mar, siete de abril de dos mil veinticinco CONSIDERANDO, VISTO Y OIDOS: 1°: Ante este Juzgado de Garantía, el Ministerio Publico presentó requerimiento en juicio simplificado contra RODRIGO ANDRÉS CHAMORRO GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 19.013.790-2, domiciliado en Sector CERRO PLACERES, SOBERANIA ALTO Nº 1, Valparaíso, representado por la Defensoría Penal Pública, cuyos datos se encuen

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