Juzgado de Garantía de Quilpué

MP C/ LUIS ALBERTO VALDEBENITO PÉREZ

Rol

O-261-2025

Fecha

7 de abril de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 17 de enero del 2025, aproximadamente a las 14:10 horas, el requerido LUIS ALBERTO VALDEBENITO PÉREZ llegó hasta el local comercial Supermercado Líder ubicado en Avenida Freire N° 1351, Belloto, Quilpué, sustrayendo desde la estantería de exhibición de mercadería al público diversas especies con un avalúo total de $200.170, las cuales ocultó una bolsa ecológica de color negro, los puso en un carro y al llegar al sector de atención de clientes del local comercial dejó el carro abandonado en el pasillo saliendo por la puerta lateral de cajas en dirección a la calle, siendo detenido por los guardias de seguridad. Las especies fueron entre otras, las siguientes: varias hojas de presto barba Mach 3 también para afectar; shampoo; longanizas; bolsas para la basura; varios body sence, las cuales no canceló en las cajas registradoras como digo, siendo detenido a la salida del establecimiento por los guardias de seguridad. SENTENCIA ABSOLUTORIA: Quilpué, siete de abril de dos mil veinticinco Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, artículo 446 N° 3 del Código Penal, 45, 48, 297, 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a LUIS ALBERTO VALDEBENITO PÉREZ, cédula de identidad N° 16.034.740-6, ya individualizado, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autor de un ilícito de hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, y por hechos ocurridos presuntamente en territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 17 de enero del año 2025. II.- Que se exime de costas al Ministerio Público estimando que litigó con motivo plausible. Dese cumplimiento a la notificación y registro de la sentencia una vez ejecutoriada. Intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales y la presente sentencia queda FIRME Y EJECUTORIADA.

Fallo

se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a LUIS ALBERTO VALDEBENITO PÉREZ, cédula de identidad N° 16.034.740-6, ya individualizado, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autor de un ilícito de hurto, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, y por hechos ocurridos presuntamente en territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 17 de enero del año 2025. II.- Que se exime de costas al Ministerio Público estimando que litigó con motivo plausible. Dese cumplimiento a la notificación y registro de la sentencia una vez ejecutoriada. Intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales y la presente sentencia queda FIRME Y EJECUTORIADA. RUC N° 2500083705-1 RIT N° 261-2025 Dictada por doña PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: XPGKXTWQBQV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-08T10:58:38-0400

Texto Completo (Preview)

HECHOS: El día 17 de enero del 2025, aproximadamente a las 14:10 horas, el requerido LUIS ALBERTO VALDEBENITO PÉREZ llegó hasta el local comercial Supermercado Líder ubicado en Avenida Freire N° 1351, Belloto, Quilpué, sustrayendo desde la estantería de exhibición de mercadería al público diversas especies con un avalúo total de $200.170, las cuales ocultó una bolsa ecológica de color negro, los p

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