1º Juzgado Civil de Concepción

INVERSIONES EXEMAR SPA/

Rol

V-181-2021

Fecha

12 de octubre de 2021

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece don Mauricio Torres Venegas, constructor civil, domiciliado en San Pedro de la Paz, sector Lomas Coloradas, Avenida Las Araucarias N°155, cedula de identidad No 9.454.163-8, en su calidad de representante legal de la Sociedad Inversiones Exemar SPA, giro comercial, RUT N° 76.364.578-9, domiciliada en Concepción, sector Villa CAP, pasaje 22 casa 344, quien solicita declaración de extravío de títulos, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. Señala que solicita el extravío de los vales vista nominativos: 1.- 0613-08996736, emitido en la sucursal de San Pedro de la Paz, del Banco BCI, por un monto de $4.281.600, en favor de la empresa Inversiones Exemar SPA y 2.- 0613-09046640, emitido en la sucursal de San Pedro de la Paz, del BCI, por el monto de $1.000.000, también en favor de la Empresa Exemar SPA. Agrega que según documento que acompaña, correspondiente a la declaración de extravío de Vale Vista nominativo otorgado por el Banco de Credito e Inversiones, oficina de San Pedro de la Paz, declaró bajo juramento, no haber transferido, cedido, vendido, enajenado, traspasado, gravado, dado en prenda o garantía, en cobranza o en otra forma cualquiera y no haber celebrado acto, contrato o convención alguna a su respecto y que además declaró no poder restituir ni presentar al Banco el certificado de depósito, por haberlo extraviado. Por lo anterior y previas citas legales, solicita se declare el extravío de los títulos de crédito correspondientes a los depósitos a plazo renovable en moneda nacional antes singularizados y autorizar a la solicitante don Mauricio Torres Venegas, en su calidad de representante legal de la RIT« » Foja: 1 Sociedad Inversiones Exemar SPA, para ejercer los derechos que le corresponden como titular y portador de los mismos. A folio 10 consta certificación que el día 16 de agosto de 2021, se efectuó la publicación pertinente en el Diario Oficial. A folio 17 consta certificación de no haber mediado oposición a la solicitud de autos. Se trajeron los autos para resolver a folio 19. Y TENIENDO PRESENTE: El mérito de los antecedentes, publicación efectuada en el Diario Oficial, certificación de folio 10 y 17 y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 88, 89, 90, 92 y 102 de la Ley 18.092, artículo 1° inciso 2° de la Ley 18.552 y artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se resuelve: Que HA LUGAR a lo solicitado en lo principal de folio 1 y en consecuencia, se declara extraviado de los documentos señalados precedentemente y se autoriza a don Mauricio Torres Venegas, en su calidad de representante legal de la Sociedad Inversiones Exemar SPA, a fin de que ejerza los derechos que le corresponden en los vale vistas ya individualizados, en razón de haberse extraviado los correspondientes títulos. Regístrese, obténgase copia del sistema y archívese en su oportunidad. Rol V-181-2021. Dictada por doña PAULINA ASTETE LUNA, Juez Subrogante del Primer Juzgado Civil de Concepción. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Concepción, doce de Octubre de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-10-12T19:24:21-0300

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Concepción CAUSA ROL : V-181-2021 CARATULADO : INVERSIONES EXEMAR SPA/ Concepción, doce de Octubre de dos mil veintiuno VISTO: A folio 1, comparece don Mauricio Torres Venegas, constructor civil, domiciliado en San Pedro de la Paz, sector Lomas Coloradas, Avenida Las Araucarias N°155, cedula de identidad No 9.454.163-8, e

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