Juzgado de Garantía de Quillota

CARLOS EVANDRO CARRIEL GODOY C/ BRANDON ISMAEL COLLAO LIZAMA

Rol

O-1526-2024

Fecha

7 de abril de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 27 de mayo de 2023, alrededor de las 3.45 horas, la víctima Carlos Carriel Godoy recibe en su negocio, llamado Vikingo Burger, que está ubicado en calle Pablo Neruda, número 0110, vía WhatsApp, un pedido tipo delivery, por lo que debe trasladarse en su vehículo placa patente SS-3182 hasta calle Yungay con los Sauces en la cuidad de Quillota. A llegar, divisa tres sujetos, uno de ellos era una mujer, la que se acerca y le indica que le iba a transferir el pedido. Mientras que los dos sujetos se comienzan a acercar al vehículo, uno de ellos es el acusado, ubicándose a un costado del vehículo, específicamente al costado del copiloto, y el otro se ubica a la altura del conductor. El otro sujeto es desconocido. Ambos lo apuntan con armas tipo pistola, para luego el acusado, que se encontraba frente al conductor de la víctima, lo golpea en la cabeza con el arma al parecer de fuego, sustrayéndole un bolso y la suma de $100.000.- pesos en dinero efectivo que había en el interior del vehículo. El imputado posteriormente fue reconocido por la víctima. Se deja constancia que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto lo dispuesto en el artículo 11 N°6, 11 N°9, 15, 436 inciso 1° del Código Penal, artículos 406, 412 y 413 del Código Procesal Penal y Ley 18.216, se declara: I.- Que SE CONDENA a BRANDON ISMAEL COLLAO LIZAMA, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS (3) Y UN DIA (1) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad de autor del delito de Robo con violencia del artículo 436 inciso 1° del Código Penal, ejecutado en grado de consumado, en Quillota el día 27/05/2023. Código: HUMNXTQXXRV Este documento tiene firma electró

Fallo

se declara: I.- Que SE CONDENA a BRANDON ISMAEL COLLAO LIZAMA, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS (3) Y UN DIA (1) DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad de autor del delito de Robo con violencia del artículo 436 inciso 1° del Código Penal, ejecutado en grado de consumado, en Quillota el día 27/05/2023. Código: HUMNXTQXXRV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que reuniéndose los requisitos que establece el artículo 15 bis de la Ley 18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, esto es, 3 años y 1 día, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Quillota y debiendo además cumplir durante el periodo de control con el plan de intervención que deberá elaborar el Centro de Reinserción Social y con las condiciones de las letras a, b y c del artículo 17 de la Ley 18.216. Adicionalmente se impone al sentenciado la condición de la letra b) del artículo 17 ter de la Ley 18.216, esto es, la prohibición del condenado de acercarse a la víctima Carlos Evandro Carriel Godoy, donde sea que se encuentre, prohibición de acercarse a su domicilio de

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TRIBUNAL JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA RUC: 2300579563-K RIT: 1526 - 2024 CONDENADO: BRANDON ISMAEL COLLAO LIZAMA RUN IMPUTADO: DOMICILIO: 0021238483-6 CALLE CACHAPOAL N°1086, POBL. RÍOS DE CHILE, DPTO. 13, QUILLOTA DELITO: ROBO CON VIOLENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Quillota, siete de abril de dos mil veinticinco HECHOS: El día 27 de mayo de 2023, alrededor de las 3.45 horas, la víctima Carlos C

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