Juzgado de Garantía de Temuco

ARGENIS ESTEBAN CAMPOS LOPEZ C/ PAULO ALEXI POZO SANHUEZA

Rol

O-2356-2020

Fecha

4 de abril de 2025

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos ocurridos en esta ciudad el día 12 de diciembre del 2019 y 24 de febrero de 2020 a la pena de CIEN (100) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por cada uno de los delitos II.- Que se le condena además a la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. Código: RLXLXTMXCLV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que no reuniéndose los requisitos de la Ley N°18.216 debe ingresar a cumplir la pena efectivamente impuesta. la que se contará a partir de que esta sentencia se encuentre firme y ejecutoriada sin abonos que considerar. IV.- Que la pena de multa impuesta deberá pagarse en pesos en el equivalente que tenga la unidad tributaria mensual en el momento de su pago que deberá efectuar mediante un depósito a la Tesorería General de la República cuyo comprobante de pago deberá acompañar al tribunal a fin de acreditar el cumplimiento a la misma, otorgándosele plazo para su pago para que lo efectúe dentro de 30 días de recuperada su libertad. V.- Que se le exime del pago de las costas por su actitud procesal en la causa. Dese oportuno cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese esta sentencia y archívese en su oportunidad. RIT : 2.356 - 2020 RUC : 2000218966-7 PRONUNCIADA POR DOÑA LETICIA ANDREA RIVERA REYES JUEZ DE GARANTIA DE TEMUCO. /avv Código: RLXLXTMXCLV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-08T08:20:56-0400

Fundamentos

motivos laborales, pero que podría enviar a su hermano y a un mecánico para revisar la camioneta y cerrar el negocio. Fue así que con fecha 13 de diciembre de 2019 la víctima se reunió en el cruce La Virgen de la comuna de Padre Las Casas con dos personas, uno de ellos el imputado Paulo Pozo Sanhueza quien indicó ser el hermano del supuesto interesado en adquirir el vehículo y la otro, se identificó como un mecánico que revisaría el vehículo. Fue así que este supuesto mecánico comenzó a revisar la camioneta indicando al imputado que este estaba en perfectas condiciones, quien se comunicó telefónicamente con Patricio indicando el resultado de la revisión de la camioneta, indicando finalmente este a la víctima que compraría el vehículo. Fue así que alrededor de las 10 horas del día 13/12/2019 se trasladaron a la notaria Basualto, ubicada en calle Varas Nº 854 de la comuna de Temuco, lugar donde la víctima recibió un llamado del supuesto comprador indicando a la víctima que el pago del precio que ascendía a la suma de $ 12.000.000 lo estaba depositando en la cuenta vista de la víctima, solicitando a la víctima que revisara su estado de cuenta para comprobar que estaba el pago y que luego e ello le entregara una carta poder para vender y transferir el vehículo a nombre de su hermano el imputado Paulo Alexi Pozo Sanhueza. Fue así que la víctima reviso su saldo y mantenía un abono por la cantidad antes descrita por lo que suscribió la carta poder y entrego el vehículo al imputado Paulo Pozo Sanhueza. Código: RLXLXTMXCLV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Posteriormente la víctima se percató que el dinero no se encontraba reflejado en la cuenta por lo que ingresa al sitio Web del Banco Santander donde se percata que no tenía el dinero correspondiente al pago de precio ya que el imputado previamente concertado con un tercero engañaron a la víctima haciendo creer que había depositado el pago del precio pero lo que en realidad efectuaron fue depositar un cheque Nº 3119435 de la cuenta corriente Nº 3280709004 del Banco Chile y cuyo titular es María Jaramillo Espinoza el cual fue protestado por robo. El perjuicio de la víctima asciende a la suma de $ 12.200.000, equivalente a 245 UTM. HECHO 2 : “En circunstancias que la víctima ARGENIS CAMPOS LOPEZA, publicó en redes sociales, Facebook, para la venta su camioneta marca Mitsubishi, modelo L 200 Catana, PPU CZLY-42, año 2011 fue contactada el día 24 de febrero de 2020 por un sujeto quien dijo llamarse Ricardo Garrido Figueroa, quien se mostró interesado en adquirir dicho vehículo, indicando a la víctima que él estaba en la ciudad de Los Ángeles por motivos laborales, pero que podría enviar a su cuñado, acordando el pago de $7.000.000 por la camioneta. Fue así que ese mismo día alrededor de las 14:50 horas la víctima recibió un correo con la supuesta transferencia de la cantidad de $7.000.000, ante lo cual la víctima revisó su cuenta corrien

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 12 N°15, 14, 15, 24, 25, 26, 30, 49, 50, 67, 69, 70 y 467 N°1 del Código Penal; lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial el artículo 395, se resuelve: I.- Que se CONDENA a PAULO ALEXI POZO SANHUEZA, ya individualizado, como autor de dos delitos consumados de estafa por los hechos ocurridos en esta ciudad el día 12 de diciembre del 2019 y 24 de febrero de 2020 a la pena de CIEN (100) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍN

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RESUMEN RIT : 2.356 - 2020 RUC : 2000218966-7 MATERIA : Estafa IMPUTADO : PAULO ALEXI POZO SANHUEZA CÉDULA DE IDENTIDAD : 17.580.616-4 DOMICILIO : Calle Claudio Nuñez Nº 01191, Temuco. ATENUANTES : Artículo 11 N°9 del Código Penal AGRAVANTES : Artículo 12 N°15 del Código Penal RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “HECHO 1: “En circunstancias que la víctima Jose Luis Curihuil Sandova

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