Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

CORRAL/INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL

Rol

O-1376-2020

Fecha

13 de octubre de 2022

Materia

Costas, Recálculo de pensiones

Resultado

No especificado

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Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por WALDO PATRICIO CORRAL GUEBALMAZ en contra del INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, ambos ya individualizados en la parte expositiva del presente fallo y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°149, de fecha 9 de octubre del año 2020, que ordenó el traspaso de las imposiciones de su representado de la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional (CAPREMER) a la Caja de Previsión de los Empleados Particulares (EMPART) y se ordena el reintegro de dichas sumas en la CAPREMER, devolviéndole la calidad de imponente de la caja en cuestión ya referida, debiendo darse curso progresivo a la solicitud de jubilación y desahucio presentada en la Ex Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional. II. Que, se condena en costas a la demandada tasándose las mismas en 3 UTM. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas del fallo en esta audiencia. RIT: O-1376-2020 RUC: 20-4-0301273-5 Siendo las 13:47 horas, se pone término a la presente audiencia. Dictada en audiencia por doña MARÍA PAZ BARTOLUCCI KONGA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Se deja constancia que la presente audiencia se realizó bajo la modalidad de videoconferencia y el registro oficial de la misma se encuentra grabado en audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, once de octubre de dos mil veintidós.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO POR VIDEOCONFERENCIA FECHA Valparaíso, 11 de octubre de 2022. RUC 20-4-0301273-5 RIT O-1376-2020 MAGISTRADO MARÍA PAZ BARTOLUCCI KONGA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paulina Altamirano Arenas SALA Sala Virtual N° 4 HORA DE INICIO 11:54 horas HORA DE TERMINO 13:47 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0301273-5-1338 PARTE DEMANDANTE WALDO PATRICIO CORRAL GUEBALMA

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