Juzgado de Garantía de la Serena

MP C/ JOHAN ESTEBAN FERREIRA CONTRERAS

Rol

O-5139-2022

Fecha

7 de abril de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta ciudad, interpuso requerimiento verbal en procedimiento simplificado, según lo prevenido en el artículo 393 bis del Código Procesal Penal, en contra de JOHAN ESTEBAN FERREIRA CONTRERAS, cédula nacional de identidad N° 17.022.001-3, chileno, soltero, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Sola Sierra Henriquez Nº 2924, sector Punta Mira Sur, comuna de Coquimbo, representado en la audiencia por un abogado de la Defensoría Penal, y solicitó se le sancionara por su responsabilidad como autor de un delito de hurto simple, descrito y sancionado en el artículo 446 N° 2, en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, en grado de frustrado, pidiendo por ello la imposición de una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 06 unidades tributarias mensuales, accesorias legales y costas. Que, el hecho fundante del requerimiento es el siguiente que se reproduce textualmente de la exposición efectuada por el fiscal: “El día 09 de septiembre de 2022, a las 18:15 horas aproximadamente, al interior de la tienda EASY, ubicada en Parcela N° 69, Vega Sur, Ruta 5 Norte, el imputado Johan Esteban Ferreira Contreras, sustrajo y se apropió de diversos productos de propiedad del establecimiento afectado, del sector “Jardín”, avaluadas en la suma de $ 381.320; siendo sorprendido el imputado, por guardias de seguridad de la tienda, cuando traspasó la línea de cajas, sin haber pagado por las especies, las cuales guardaba entre sus pertenencias.” SEGUNDO: Que, en la exposición del requerimiento se indicó que concurría la circunstancia agravante de responsabilidad penal señalada en el artículo 12 N° 16 del Código Penal, y para el evento que admitiera responsabilidad en la audiencia, el fiscal presente señaló que concurría respecto del acusado la circunstancia atenuante de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos establecida en el Nº 9 del artículo 11 del Código Penal, conforme a lo cual modificó su requerimiento, solicitando la imposición de una pena de 61 días de presidio menor en su gado mínimo, multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, accesorias legales, sin costas. TERCERO: Que, tras la relación del requerimiento e instrucción de penas, se consultó al imputado si admitía su responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, respondiendo éste afirmativamente. Código: XGUXXTJGPXU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO RUC Nº: 2200.893.064-7. RIT Nº: 5.139-2022. DELITO: Hurto simple. SENTENCIADO: Johan Esteban Ferreira Contreras. 2 CUARTO: Que, la defensa del requerido, frente a su admisión de responsabilidad, señaló que no discutiría la calificación jurídica de los hechos ni la participación imputada, solicitó se reconociera la circunstancia atenuante referida po

Fallo

se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a JOHAN ESTEBAN FERREIRA CONTRERAS, cédula nacional de identidad N° 17.022.001-3, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, al pago de una multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito de hurto simple, sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, en grado frustrado, perpetrado en esta ciudad el día nueve de septiembre del año dos mil veintidós. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N°18.216 y, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de 81 HORAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile más próximo a su domicilio, dentro del plazo de cinco días contados desde que la presente sentencia se encuentre firme o ejecutoriada bajo apercibimiento legal de detención en su contra. La pena sustitutiva impuesta no podrá extenderse por más de ocho horas diarias de prestación de servicios y deberá ser compatible con la actividad laboral que el imputado acreditare desarrollar. El delegado de Gendarmería de Chile encargado de gestionar el cumplimiento de la pena sustitutiva informará a este tribunal, dentro del plazo de 30 días contados Código

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Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO RUC Nº: 2200.893.064-7. RIT Nº: 5.139-2022. DELITO: Hurto simple. SENTENCIADO: Johan Esteban Ferreira Contreras. 1 La Serena, a siete de abril del año dos mil veinticinco. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta ciudad, interpuso requerimiento verbal

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