CABO 2º MARIO ANDRES BUSTAMANTE RODRÍGUEZ C/ JUAN GUILLERMO GONZÁLEZ GUTIÉRREZ
Rol
O-285-2020
Fecha
7 de abril de 2025
Materia
CONTRAB. INFRAC A LA ORD. DE ADUAN ART 168. LEY 20.780
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de JUAN GUILLERMO GONZALEZ GUTIERREZ, quien comparece representado por la Defensoría Penal Pública, por los siguientes hechos: “El día 18 de abril de 2019, a las 12:05 horas aproximadamente, el requerido Juan Guillermo González Gutiérrez, fue sorprendido por personal policial en calle Maturana con calle Díaz, Villa Alemana, mientras ofrecía a la venta al público cajetillas de cigarrillos nuevas de origen extranjero marca Fox y Carnival, cuya importación se encuentra prohibida”. (La parte expositiva y considerativa de la sentencia, se encuentra íntegramente registrada en el audio de la audiencia) SEGUNDO: Atendido lo expuesto y desarrollado durante la audiencia de juicio oral simplificado, el Tribunal resuelve que en atención a la insuficiencia de la prueba rendida por el Ministerio Público, lo que se encuentra registrado en el audio de la audiencia de juicio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 340 y 297 del Código Procesal Penal. Código: BCHRXTNBPWU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En definitiva, el Tribunal no cuenta con elementos de juicio necesarios para llegar a una convicción condenatoria, ya que nadie puede ser condenado sino cuando un Tribunal adquiera la convicción que ha cometido un hecho punible y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal, es que
Fallo
por estas consideraciones y según lo dispuesto en el artículo 297, 340, 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Que se absuelve a JUAN GUILLERMO GONZALEZ GUTIERREZ. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar, especialmente por haber debido ejercer la acción penal en virtud de haber denunciado un presunto delito las víctimas. III.- A partir de esta fecha quedan sin efecto todas las medidas cautelares. Oficiese. ARCHÍVESE POR AFINADA Resolvió don IGNACIO ANDRÉS ADANA JURI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: BCHRXTNBPWU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-07T12:03:09-0400
Texto Completo (Preview)
C/ JUAN GUILLERMO GONZALEZ GUTIERREZ. DELITO: CONTRABANDO. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. RUC N°1900424692-9. RIT N°285-2020. Villa Alemana, siete de abril de dos mil veinticinco.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de JUAN GUILLERMO GONZALEZ GUTIERREZ, quien comparece represen
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