12º Juzgado Civil de Santiago

ROMERO/

Rol

V-191-2020

Fecha

8 de octubre de 2021

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En el folio 1, comparece don GONZALO ROBERTO DEL CARMEN ROMERO ASTABURUAGA, abogado, domiciliado en Robles 12.655 departamento 102, comuna de Lo Barnechea, Santiago, quién solicitó que se le conceda autorización para efectuar la donación gratuita e irrevocable que indica, en favor de su cónyuge e hijos que se individualizarán a continuación. Fundando su solicitud señala que se encuentra casado con doña María Teresa Arrau de la Cerda, bajo el régimen patrimonial de separación total de bienes, que del matrimonio tienen 5 hijos actualmente vivos; a.) Gonzalo Andrés, b.) María Teresa, c.) María José, d.) María Bernardita, y e.) Juan Pablo, todos apellidados ROMERO ARRAU. Manifiesta que, se propone efectuar donación a título gratuito y por mera liberalidad en favor de su cónyuge y de sus 5 hijos, de forma que reciban en conjunto y en las cantidades que se indicarán más adelante, la totalidad de sus acciones de que es dueño y que ascienden a la suma de 649 acciones en la sociedad anónima cerrada Romero y Asociados S.A. RUT 76.064.337-8, constituida por escritura pública otorgada el 29 de junio del año 2009 en la Notaría de Santiago de doña Nancy de la Fuente Hernández, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 28.451 N° 19.581 del año 2009, acciones que avalúa en su conjunto en la suma de $247.937.279, para cuyo efecto solicita del tribunal la correspondiente autorización judicial. Las donaciones que se propone efectuar son las siguientes: 1. A doña María Teresa Arrau de la Cerda, la suma de 149 acciones, 2. A don Gonzalo Andrés Romero Arrau, la suma de 100 acciones, 3. A doña María Teresa Romero Arrau, la suma de 100 acciones, 4. A doña María José Romero Arrau, la suma de 100 acciones 5. A doña María Bernardita Romero Arrau, la suma de 100 acciones, RIT« » Foja: 1 6. A don Juan Pablo Romero Arrau, la suma de 100 acciones, Refiere que, la sociedad de la cual pretende realizar la donación además de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don GONZALO ROBERTO DEL CARMEN ROMERO ASTABURUAGA solicitó que se le conceda autorización para efectuar la donación gratuita e irrevocable consistente en 649 acciones de la sociedad anónima cerrada Romero y Asociados S.A., por un valor total de $247.937.279, mediante los traspasos o escrituras que corresponda, a su cónyuge y a sus 5 hijos, todos previamente individualizados, por los montos específicos a cada uno, indicados en lo expositivo del fallo. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar los fundamentos de su petición, el solicitante, acompañó, los siguientes documentos: 1. Certificado de matrimonio del solicitante. 2. Certificado de nacimiento de los hijos del solicitante (5). 3. Informe acerca del valor de las acciones, por instrumento privado. TERCERO: Que, en el folio 8, obra en autos información sumaria de dos testigos, quienes declararon respecto del solicitante que la donación que pretende efectuar no afecta su patrimonio ni el de sus herederos. CUARTO: Que, teniendo presente el certificado de pago de impuesto a las donaciones del Servicio de Impuestos Internos, acompañado en el folio 18 y los RIT« » Foja: 1 antecedentes antes singularizados, se tiene por aprobado el pago de impuesto a la donación materia de autos. QUINTO: Que, asimismo, el valor del bien a donar excede la suma que no precisa insinuación, por lo que es necesaria la autorización que solicita. Y, vistos, además, lo dispuesto en los artículos 43, 580, 582, 583 688, 1386, 1387, 1389, 1401 y 1411 del Código Civil; 366 y 369 del Código Orgánico de Tribunales; 817 y siguientes, 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: - Que ha lugar a lo solicitado, autorizándose la donación gratuita, irrevocable y por mera liberalidad de don GONZALO ROBERTO DEL CARMEN ROMERO ASTABURUAGA, a su cónyuge y a sus 5 hijos, un total de 649 acciones de la sociedad anónima cerrada Romero y Asociados S.A., por un valor total de $247.937.279, divididos en las siguientes sumas: A) La suma de $56.922.426 correspondiente a 149 acciones, a doña María Teresa Arrau de la Cerda RUT N° 6.087.292-9, cónyuge del solicitante, B) La suma de $191.014.853, correspondiente a 100 acciones, por cada uno de los Hijos: 1.- A don Gonzalo Andrés Romero Arrau, RUT N° 9.858.325-4, 2.- A doña María Teresa Romero Arrau, RUT N° 9.858.052-2, 3.-A doña María José Romero Arrau, RUT N° 15.879.377-6, 4.- A doña María Bernardita Romero Arrau, RUT N° 15.377.154-5, 5.-A don Juan Pablo Romero Arrau, RUT N° 16.209.124-7. Regístrese, notifíquese y obténgase copia por el interesado directamente desde el sitio Web de la Oficina Judicial Virtual, una vez ejecutoriada la presente sentencia. Rol V-191-2020. DICTADA POR DOÑA MARÍA SOFÍA GUTIERREZ BERMEDO, JUEZA TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, ocho de Octubre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano e

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-191-2020 CARATULADO : ROMERO/ Santiago, ocho de Octubre de dos mil veintiuno VISTOS: En el folio 1, comparece don GONZALO ROBERTO DEL CARMEN ROMERO ASTABURUAGA, abogado, domiciliado en Robles 12.655 departamento 102, comuna de Lo Barnechea, Santiago, quién solicitó que se le conceda

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