Juzgado de Garantía de Valdivia

JOHN EDUARD MEZA DOMINGUEZ C/ YERKO IGNACIO CANTILLANA CALDERÓN

Rol

O-4788-2024

Fecha

2 de abril de 2025

Materia

TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 31, 67, 70, 304 ter del Código Penal; artículos 351, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 10 y 36 de la Ley 18.216; se declara: I. Se condena a YERKO IGNACIO CANTILLANA CALDERÓN, Cédula Nacional de Identidad 18.087.601-4, domiciliado en Población Manuel Plaza, calle Manuel Bulnes N° 0171, de Buin, Región Metropolitana, actualmente cumpliendo condena privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Rancagua, a las siguientes penas como autor, en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal y grado de desarrollo consumado, de un delito de portar elementos prohibidos reglamentariamente en establecimiento penitenciario, previsto y sancionado en el artículo 304 TER del Código Penal, perpetrado en Valdivia los días 05 de abril de 2024: a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a las accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, a la suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, al comiso de (01) un teléfono celular marca Samsung, color azul, sin costas. II. Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad se sustituye la pena impuesta, a razón de 40 horas por cada treinta días de privación de libertad, por prestación de servicios en beneficio de la comunidad, como última oportunidad de cumplimiento en libertad, por un total de 54,6 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad que deberán cumplirse una vez ejecutoriada la presente sentencia cuando recupere su libertad, en el Centro de Reinserción Social Santiago Sur 2, ubicado en Balmaceda N°46 de Puente Alto, para lo cual deberá presentarse dentro de quinto día de recuperada su libertad, bajo apercibimiento que, en caso de no presentación, podrá despacharse una orden de detención en su contra por el tribunal de ejecución, para ser llevado a una audiencia de revocación de la pena sustitutiva, sin que existan días que abonar. III. Conforme a

Fallo

se declara: I. Se condena a YERKO IGNACIO CANTILLANA CALDERÓN, Cédula Nacional de Identidad 18.087.601-4, domiciliado en Población Manuel Plaza, calle Manuel Bulnes N° 0171, de Buin, Región Metropolitana, actualmente cumpliendo condena privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Rancagua, a las siguientes penas como autor, en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal y grado de desarrollo consumado, de un delito de portar elementos prohibidos reglamentariamente en establecimiento penitenciario, previsto y sancionado en el artículo 304 TER del Código Penal, perpetrado en Valdivia los días 05 de abril de 2024: a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a las accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, a la suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, al comiso de (01) un teléfono celular marca Samsung, color azul, sin costas. II. Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad se sustituye la pena impuesta, a razón de 40 horas por cada treinta días de privación de libertad, por prestación de servicios en beneficio de la comunidad, como última oportunidad de cumplimiento en libertad, por un total de 54,6 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad que deberán cumplirse una vez ejecutoriada la presente sentencia cuando recupere su libertad, en el Centro de Reinserción Social Santiago Sur 2, ubicado en Balmaceda N°46 de Puente Alto, para lo cual deberá presentarse dentro de quinto dí

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, dos de abril de dos mil veinticinco. Hecho En Valdivia, el día 05 de abril de 2024, a las 10:25 horas, aproximadamente, personal del Complejo Penitenciario Valdivia, ubicado en Avenida Picarte N°4100, realiza un registro y allanamiento selectivo al interior del módulo N° 12, en donde se le encuentran elementos prohibidos reglamentariamente al requ

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