MARÍA JOSÉ VALDERRAMA SILVA C/ ALEXIS ARIEL VENEGAS CORDOVA
Rol
O-3552-2024
Fecha
3 de abril de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 24 de enero del año 2024, alrededor de las 02:00 horas, en el domicilio ubicado en Pasaje Amalindo Beiza Fuentes 2865, comuna de Colina, el requerido ALEXIS ARIEL VENEGAS CORDOVA procedió a amenazar de forma seria y verosímil a su ex conviviente, la víctima, MARÍA JOSÉ VALDERRAMA SILVA, manifestando “por esa wuea no me contestai los mensajes gila culia, seguro que estas en un dos pa dos, que me entere yo, porque te voy a ir a pegar unos balazos donde sea”, causando un justo temor a la víctima SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE a ALEXIS ARIEL VENEGAS CÓRDOVA, Cedula de identidad N° 0018092756-5, ya individualizado, del requerimiento presentado en su contra que lo estimaba autor del delito de AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, perpetrados en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 24 DE ENERO DE 2024. II.- Que se exime al Ministerio Público del pago de las costas de esta causa por tener motivo plausible para litigar. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código: HTGZXTTDLSU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por LILIAN ELIZABETH SAEZ LEMARI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Código: HTGZXTTDLSU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-07T10:04:05-0400
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE a ALEXIS ARIEL VENEGAS CÓRDOVA, Cedula de identidad N° 0018092756-5, ya individualizado, del requerimiento presentado en su contra que lo estimaba autor del delito de AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, perpetrados en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 24 DE ENERO DE 2024. II.- Que se exime al Ministerio Público del pago de las costas de esta causa por tener motivo plausible para litigar. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código: HTGZXTTDLSU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por LILIAN ELIZABETH SAEZ LEMARI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Código: HTGZXTTDLSU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-07T10:04:05-0400
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DICTADA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO FECHA: Colina, tres de abril de dos mil veinticinco. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO : LILIAN ELIZABETH SAEZ LEMARI RUC: 2400102070-2 RIT: 3552 - 2024 IMPUTADO: ALEXIS ARIEL VENEGAS CÓRDOVA C.I. 0018092756-5 FECHA DE NACIMIENTO 21-09-1992 DIRECCIÓN Calle ARTURO PACHECO ALTAMIRANO/ depto 103B Nº 1089 COMUNA: Colina. DELITO AMENAZAS
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica