Juzgado de Garantía de Quilpué

MINISTERIO PUBLICO C/ NÉSTOR GERMÁN FARÍAS ACOSTA

Rol

O-3984-2024

Fecha

4 de abril de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Que el día 20 de diciembre de 2024, a las 18:23 horas aproximadamente, el requerido Néstor Germán Farías Acosta, fue sorprendido sustrayendo especies desde el interior del Supermercado Líder, ubicado en Avenida Ramon Freire 1351, Quilpué, las cuales no pagó al traspasar las cajas registradoras, siendo retenido por guardias de seguridad y entregado a Carabineros. Las especies consistentes en 09 pack de calcetines fueron avaluadas en la suma de $44.910.- SENTENCIA ABSOLUTORIA: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7 y 446 N° 3 del Código Penal, 16, 45, 48, 297, 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a NÉSTOR GERMÁN FARÍAS ACOSTA, cédula de identidad N° 10.358.493-0, ya individualizada, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autora de un delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal y por hechos presuntamente ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 20 de diciembre de 2024.- II.- Que se exime de costas al Ministerio Público, estimando que litigó con motivo plausible. Dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese la sentencia en su oportunidad. Sentencia firme y ejecutoriada. RUC N° 2401579114-0 RIT N° 3984-2024 Dictada por doña PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: KXWXXTXYTVT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-04T11:28:27-0300

Fallo

se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a NÉSTOR GERMÁN FARÍAS ACOSTA, cédula de identidad N° 10.358.493-0, ya individualizada, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autora de un delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal y por hechos presuntamente ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 20 de diciembre de 2024.- II.- Que se exime de costas al Ministerio Público, estimando que litigó con motivo plausible. Dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese la sentencia en su oportunidad. Sentencia firme y ejecutoriada. RUC N° 2401579114-0 RIT N° 3984-2024 Dictada por doña PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: KXWXXTXYTVT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-04T11:28:27-0300

Texto Completo (Preview)

Imputado apercibido por el artículo 26 del Código Procesal Penal. HECHOS: Que el día 20 de diciembre de 2024, a las 18:23 horas aproximadamente, el requerido Néstor Germán Farías Acosta, fue sorprendido sustrayendo especies desde el interior del Supermercado Líder, ubicado en Avenida Ramon Freire 1351, Quilpué, las cuales no pagó al traspasar las cajas registradoras, siendo retenido por guardias d

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