Juzgado de Garantía de Valdivia

LUIS ALBERTO MORALES URRA C/ CARMEN ADRIANA MUÑOZ SAN MARTÍN

Rol

O-5988-2023

Fecha

3 de abril de 2025

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “La víctima LUIS ALBERTO MORALES URRA, con domicilio en la calle Carlos Roa N°252, en la cuidad de Valdivia, publicó en la plataforma de Facebook Marketplace, el ofrecimiento de venta del vehículo automóvil Sedan modelo CheryArizo 3, color rojo metálico, año 2020, Placa Patente Única LV-ZT-26 por el valor de $7.500.000 (siete millones quinientos mil pesos) El día 23 de agosto del año 2023, la víctima recibió una llamada telefónica, desde el Número telefónico 940573577, para concretar la venta con la imputada CARMEN ADRIANA MUÑOZ SAN MARTÍN. El mismo día en hora indeterminada la imputada, concurrió a encontrarse con la víctima en la cuidad de Valdivia. En el lugar la imputada dijo que había depositado el dinero correspondiente al valor total del vehículo en la cuenta corriente del banco Falabella N° 19993705748 de una sobrina de la víctima, lo cual fue verificado por la víctima en el momento, por tanto hizo entrega del vehículo a la imputada. Dicho depósito fue realizado a través de cheques a nombre de la empresa Gastronomía Orlando Javier Becker Cardenas EIRL, del banco Itaú de Temuco, los cuales habían sido previamente sustraídos junto con la chequera, ante lo cual, el dueño dio la orden de no pago. A consecuencia de ello, el dinero no llegó a estar disponible para la víctima. La víctima, producto de la acción de la imputada sufrió un perjuicio que asciende a la SUMA TOTAL de $7.500.000 (siete millones quinientos mil pesos)”. La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC que más abajo se refiere, de la misma fecha de la sentencia y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Código: NXQZXTMXLDU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15, 18, 21, 24, 30, 49, 50, 70, 467, 473 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Proces

Fallo

por tanto hizo entrega del vehículo a la imputada. Dicho depósito fue realizado a través de cheques a nombre de la empresa Gastronomía Orlando Javier Becker Cardenas EIRL, del banco Itaú de Temuco, los cuales habían sido previamente sustraídos junto con la chequera, ante lo cual, el dueño dio la orden de no pago. A consecuencia de ello, el dinero no llegó a estar disponible para la víctima. La víctima, producto de la acción de la imputada sufrió un perjuicio que asciende a la SUMA TOTAL de $7.500.000 (siete millones quinientos mil pesos)”. La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC que más abajo se refiere, de la misma fecha de la sentencia y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Código: NXQZXTMXLDU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15, 18, 21, 24, 30, 49, 50, 70, 467, 473 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 8 y 24 de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Carmen Adriana Muñoz San Martín, C.I. N°16.996.574-9, mayor de edad, domiciliada en pasaje Ministro Zenteno Nº915, Temuco, IX Región, F.E.N. correo electrónico adrianasan.574@gmail.com, a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, mul

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, tres de abril de dos mil veinticinco Hechos: “La víctima LUIS ALBERTO MORALES URRA, con domicilio en la calle Carlos Roa N°252, en la cuidad de Valdivia, publicó en la plataforma de Facebook Marketplace, el ofrecimiento de venta del vehículo automóvil Sedan modelo CheryArizo 3, color rojo metálico, año 2020, Placa Patente Única LV-ZT-26 por el valo

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