Tribunal Oral en lo penal de Castro

JOSE ALEXIS PULIDO MONJE C/ EVERET JACOB MOLINA CASTILLO

Rol

O-6-2025

Fecha

3 de abril de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación fiscal y de la adhesión de la parte querellante son los siguientes: Hecho 1: El día 04 de noviembre de 2021, alrededor de las 08.10 horas, en la intersección de calle Santos Vargas con Avenida La Paz, comuna de Quellón, en circunstancias que el acusado EVERET JACOB MOLINA CASTILLO conducía en estado de ebriedad el vehículo placa patente UW- 6224, marca Jeep, colisionó el vehículo placa patente BKTZ-23, marca Suzuki, conducido por la víctima Rosa Elvira Guinao Guerrero, causándole daños materiales en su estructura y causándole lesiones leves a la víctima, tras lo cual el imputado descendió del vehículo y se marchó sin dar cuenta a la autoridad policial ni prestar auxilio a la víctima, quien resultó con dolor en cara anterior del hemitórax izquierdo con eritema lineal de 0,5 x 8 cm, lesiones erosivas en abdomen con dolor a la palpación, equimosis en rodilla derecha y aumento de volumen en tobillo izquierdo de carácter leve. La ebriedad del acusado fue apreciada por el personal policial que lo fiscalizó en las cercanías de lugar, por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado e incoherencia la hablar, siendo corroborado por la prueba respiratoria que arrojó un resultado de 2,12 g/L de alcohol en la sangre; mientras que el examen de alcoholemia arrojó un resultado de 1,77 g/L de alcohol en la sangre. Hecho 2: El día 10 de marzo de 2022, alrededor de las 03:25 horas, en la ruta 5 sur a la altura del km. 1268, comuna de Quellón, el acusado EVERET JACOB MOLINA CASTILLO conducía en estado de ebriedad el vehículo placa patente UW-6224, marca Jeep. La ebriedad del imputado fue apreciada por el personal policial que lo fiscalizó en el lugar, por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado e incoherencia la hablar, siendo corroborado por le prueba respiratoria que arrojó un resultado 1,24 g/L de alcohol en la sangre; mientras que el examen de alcoholemia arrojó un resultado de 1,34 g/L de alcohol en la sang

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Intervinientes. Los días veintiuno y veinticuatro de marzo del año en curso, ante la sala única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro, integrado por los jueces titulares don Patricio Carrasco Uribe, quien presidió, don Rodrigo Alarcón Contreras y doña Loreto Yáñez Sepúlveda, se llevó a efecto audiencia de juicio en causa RIT N°6-2025, RUC N° 2100996936-2, por los delitos de Conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de daños y lesiones leves, Huir del lugar del accidente causando lesiones leves y daños sin dar cuenta a la autoridad, y Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, seguida en contra del acusado EVERET JACOB MOLINA CASTILLO, chileno, cédula de identidad N°14.393.234-6, nacido el 28 de septiembre de 1978, 47 años, casado, pescador artesanal y buzo mariscador, lee y escribe, enseñanza media completa, sin apodos, domiciliado en pasaje José Carrasco N° 125, Población Lo Rojas de la comuna de Coronel. Fue parte acusadora en este juicio, el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto don Fabián Fernández Gatica; adhirió a la acusación y presentó demanda civil, el abogado querellante don Miguel Ángel Ampuero Maldonado, en representación de la víctima doña Rosa Elvira Guinao Guerrero; y la Defensa del acusado fue asumida por el Defensor Penal Licitado don Daniel Fuenzalida Maturana; todos con domicilio y forma de notificación registrada en el tribunal. EN CUANTO A LA ACCION PENAL SEGUNDO: Acusación fiscal y adhesión. Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación fiscal y de la adhesión de la parte querellante son los siguientes: Hecho 1: El día 04 de noviembre de 2021, alrededor de las 08.10 horas, en la intersección de calle Santos Vargas con Avenida La Paz, comuna de Quellón, en circunstancias que el acusado EVERET JACOB MOLINA CASTILLO conducía en estado de ebriedad el vehículo placa patente UW- 6224, marca Jeep, colisionó el vehículo placa patente BKTZ-23, marca Suzuki, conducido por la víctima Rosa Elvira Guinao Guerrero, causándole daños materiales en su estructura y causándole lesiones leves a la víctima, tras lo cual el imputado descendió del vehículo y se marchó sin dar cuenta a la autoridad policial ni prestar auxilio a la víctima, quien resultó con dolor en cara anterior del hemitórax izquierdo con eritema lineal de 0,5 x 8 cm, lesiones erosivas en abdomen con dolor a la palpación, equimosis en rodilla derecha y aumento de volumen en tobillo izquierdo de carácter leve. La ebriedad del acusado fue apreciada por el personal policial que lo fiscalizó en las cercanías de lugar, por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado e incoherencia la hablar, siendo corroborado por la prueba respiratoria que arrojó un resultado de 2,12 g/L de alcohol en la sangre; mientras que el examen de alcoholemia arrojó un resultado de 1,77 g/L de alcohol en la sangre. Hecho 2: El día 10 de marzo de 2022, alrededor de las 03:25 horas, en la ruta 5 s

Fallo

fallo en comento. En consecuencia, ante las omisiones expuestas, no es posible emitir pronunciamiento respecto de la responsabilidad extracontractual, y debe desestimarse la demanda civil en todas sus partes. OCTAVO: Hechos Acreditados. Como se adelantó en el veredicto, después de valorar libremente los elementos de convicción que fueron incorporados por los intervinientes en la audiencia de juicio oral, que fueron conocidos personalmente por los sentenciadores; sin contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 297 del Código Procesal Penal, el Tribunal tuvo por acreditados, más allá de toda duda razonable, los siguientes hechos: Hecho 1: El día 04 de noviembre de 2021, alrededor de las 08.10 horas, en la intersección de calle Santos Vargas con Avenida La Paz, comuna de Quellón, en circunstancias que EVERET JACOB MOLINA CASTILLO conducía en estado de ebriedad el vehículo placa patente UW-6224, marca Jeep, colisionó el vehículo placa patente BKTZ-23, marca Suzuki, conducido por la víctima Rosa Elvira Guinao Guerrero, ocasionándole daños materiales en su estructura y causándole lesiones leves a la víctima, tras lo cual éste descendió del vehículo y se marchó sin dar cuenta a la autoridad policial ni prestar auxilio a la víctima, quien resultó con dolor en cara anterior del hemitórax izquierdo con eritema lineal de 0,5 x 8 cm, lesiones erosivas en abdomen con

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RIT: 6-2025 RUC: 2100996936-2 DELITOS: CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON DAÑOS Y LESIONES CODIGO: 14052 HUIR DEL LUGAR DEL ACCIDENTE (195 inc 2° Ley 18.290) CODIGO: 12077 CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CODIGO: 14052 SENTENCIADO: EVERET JACOB MOLINA CASTILLO SALA: Presidente: Patricio Carrasco Uribe; Redactora: Loreto Yáñez Sepúlveda; Integrante: Rodrigo Alarcón Contreras ________________________

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