Juzgado de Garantía de Talcahuano

MP C/ CARLOS LUIS ORELLANA CONTRERAS

Rol

O-3146-2024

Fecha

3 de abril de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES LEVES ART. 494 N° 5

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 n° 9, 296 n°3, 494 n°5 del Código Penal; artículo 45, 47, 297, 340, 342, 343, 388, 389 y demás pertinentes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a CARLOS LUIS ORELLANA CONTRERAS cédula de identidad 18686398-4 ya individualizado, del delito de amenazas que habría ocurrido el 21 de julio del 2024 alrededor de las 10:40 horas, en la comuna de Hualpén. II.- Que, se condena a CARLOS LUIS ORELLANA CONTRERAS cédula de identidad 18686398-4 ya individualizado, como autor de la falta prevista y sancionada en artículo 494 n°5 del Código Penal ocurrida en esta jurisdicción el 21 de Julio 2024 alrededor de las 10:40 horas, qué consistió en las lesiones leves respecto de la víctima THALIA FLORES VIDAL a sufrir la pena de un tercio de unidad tributaria mensual por los

Fundamentos

fundamentos ya expuestos. III.- Que, respecto a la pena pecuniaria impuesta se tendrá por cumplida atendido el tiempo que se encontró privado de libertad en estos autos entre el 21 y 22 de julio del año 2024. IV.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público por haber planteado por una parte la absolución del primer delito de amenazas y haber obtenido una condena respecto del delito de lesiones. Cúmplase en su oportunidad con lo preceptuado en el artículo 468 del código procesal penal. Se dejan sin efecto medidas cautelares decretadas en la causa. Regístrese notifíquese y archívese en su oportunidad Los intervinientes se entienden personalmente notificados. RUC N° 2400839044-0 RIT N° 3146-2024 DICTADA POR FELIPE ANDRÉS NORAMBUENA BARRALES, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE TALCAHUANO. Código: EWDBXTQTGHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-03T12:26:49-0300

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 n° 9, 296 n°3, 494 n°5 del Código Penal; artículo 45, 47, 297, 340, 342, 343, 388, 389 y demás pertinentes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a CARLOS LUIS ORELLANA CONTRERAS cédula de identidad 18686398-4 ya individualizado, del delito de amenazas que habría ocurrido el 21 de julio del 2024 alrededor de las 10:40 horas, en la comuna de Hualpén. II.- Que, se condena a CARLOS LUIS ORELLANA CONTRERAS cédula de identidad 18686398-4 ya individualizado, como autor de la falta prevista y sancionada en artículo 494 n°5 del Código Penal ocurrida en esta jurisdicción el 21 de Julio 2024 alrededor de las 10:40 horas, qué consistió en las lesiones leves respecto de la víctima THALIA FLORES VIDAL a sufrir la pena de un tercio de unidad tributaria mensual por los fundamentos ya expuestos. III.- Que, respecto a la pena pecuniaria impuesta se tendrá por cumplida atendido el tiempo que se encontró privado de libertad en estos autos entre el 21 y 22 de julio del año 2024. IV.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público por haber planteado por una parte la absolución del primer delito de amenazas y haber obtenido una condena respecto del delito de lesiones. Cúmplase en su oportunidad con lo preceptuado en el artículo 468 del código procesal penal. Se dejan sin efecto medidas cautelares decretadas en la causa. Regístrese notifíquese y archívese en su oportunidad Los intervinientes se e

Texto Completo (Preview)

La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Talcahuano., tres de abril de dos mil veinticinco Por estas conside

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