Juzgado de Garantía de Villarrica

MINISTERIO PUBLICO C/ MAURICIO ALEJANDRO RAYDET RAYDET

Rol

O-767-2025

Fecha

2 de abril de 2025

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 y 15, 21, 50, 60, 70 y 288 bis del Código Penal; y artículos 388 y siguiente el Código Procesal Penal; SE RESUELVE: I. Se condena a MAURICIO ALEJANDRO RAYDET RAYDET, como autor del delito de PORTE ILEGAL DE ARMADA BLANCA, sancionado en el artículo 288 del Código Penal, cometido en Villarrica, el día 01 de abril 2025, a las penas de: MULTA DE UN TERCIO UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y COMISO de la especie incautada. II. Servirá de abono al condenado, el día que permaneció privado de libertad en esta causa, el 01 abril del 2025, en calidad detenido. Se convierte la multa impuesta en UN DÍA DE RECLUSIÓN, el cual se da por cumplido con el abono reconocido. III. Se autoriza a la Ficlia Local de Villarrica a la destrucción de la especie decomisada, lo que deberá ser comunicado oportunamente a este tribunal. IV. No se condena en costas al requerido por haber aceptado su responsabilidad de los hechos. Anótese, regístrese y archívese, en su oportunidad. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES Articulo 11 N° 9 del Código Penal AGRAVANTES Articulo 12 N°16 del Código Penal Código: JXDXXTQTQUV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA VILLARRICA Ejecutoriada dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictado por doña VIVIANA ISOLDA CÁRDENAS BELTRAN

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE GARANTÍA VILLARRICA FECHA Villarrica, dos de abril de dos mil veinticinco RUC 2500444401-1 RIT 767 - 2025 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MAURICIO ALEJANDRO RAYDET RAYDET 16815239- 6 Calle Cacique Chincolef 355 Lican Ray Villarrica SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 y 15, 21, 5

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica