Juzgado de Garantía de Temuco

MP C/ ANDRÉS SEBASTIÁN OSSES CAYÚN

Rol

O-9011-2024

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por fiscal don Marcelo Herrera Valenzuela, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2401345496-1, RIT 9011 - 2024, ha requerido en procedimiento simplificado a Andrés Sebastián Osses Cayún, RUN 17.338.358-4, 36 años, estacionador y lavador de autos, domiciliado en Las Quilas 8363 Temuco, representado por la abogada defensora penal doña Verónica Aliaga Navarro, domiciliada en Prat N° 0280 de Temuco. 2° Que con el mérito probatorio de los antecedentes que fundamentan la acción Fiscal, en especial, Parte Policial y sus anexos, actas de rigor, declaración de la víctima y testigos, entre otros antecedentes, a los que se suma la admisión de responsabilidad en los hechos por parte del imputado, el tribunal tiene por establecidos los siguientes hechos: El día 5 de noviembre de 2024 alrededor de las 21:20 horas, la víctima doña Otilia Patricia Silva Castro conducía su vehículo marca Kia modelo Cerato color Gris, año 2010 PPU CGFX-75 por calle Valparaiso hacia el poniente y al llegar al cruce de la linea ferroviaria, el requerido se encontraba en el lugar lanzándole un objeto contundente al vehículo quebrándola el vidrio trasero, causando daños en este, que fue avaluado por la víctima en la suma de $120.000. Que los hechos antes descritos configuran un delito consumado de daños en perjuicio de doña Otilia Patricia Silva Castro, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, hechos en el que corresponde al requerido Andrés Sebastián Osses Cayún participación en calidad de autor. 3° Que en la regulación de la pena de multa que se aplica, se considera el mínimo causal y facultades del imputado, por lo que se rebaja y se procede como se indica. Por lo considerado, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 15, 69, 70 y 487 del Código Penal, y artículos 352, 388 y 395 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a Andrés Sebastián Osses Cayún, RUN 17.338

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Andrés Sebastián Osses Cayún, RUN 17.338.358-4, a una pena de multa de Código: HTHDXTUBBDY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl UNA Unidad Tributaria Mensual, en calidad de autor de un delito consumado de daños en perjuicio de doña Otilia Patricia Silva Castro, cometido en la comuna de Temuco, el día 5 de noviembre de 2024. II.- Que no se condena en costas al sentenciado por haber admitido responsabilidad, lo que permitió dictar sentencia de inmediato, evitando la realización de un juicio oral, con el consiguiente ahorro de recursos para el Estado. III.- Que la pena de multa impuesta al sentenciado se tiene por cumplida con el tiempo que estuvo privado de libertad los días 5 y 6 de noviembre de 2024 y 11 de enero de 2025. Quedan notificados personalmente los intervinientes y, en especial, el sentenciado. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RUC 2401345496-1, RIT 9011 - 2024. Dictado por don Luis Alberto Olivares Apablaza, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Temuco. Código: HTHDXTUBBDY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-12T13:33:27-0400

Texto Completo (Preview)

Temuco, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por fiscal don Marcelo Herrera Valenzuela, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2401345496-1, RIT 9011 - 2024, ha requerido en procedimiento simplificado a Andrés Sebastián Osses Cayún, RUN 17.338.358-4, 36 años, estacionador y lavador de aut

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