MINISTERIO PUBLICO C/ PABLO ALBERTO SALINAS ROJAS
Rol
O-3508-2024
Fecha
2 de abril de 2025
Materia
ROBO DE VEHICULO MOTORIZADO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACUSACIÓN: El día 30 de octubre del año 2024, a las 20:30 horas, el imputado PABLO ALBERTO SALINAS ROJAS ingresó mediante el escalamiento de la reja y cierre perimetral, del taller mecánico ubicado en calle Aviador Acevedo N°378, Belloto, Quilpué, para luego sustraer desde el interior de dicho taller, forzando las puertas y medidas de seguridad de ésta, el automóvil marca Chevrolet, modelo Corsa, año 2004, color plateado, PPU XX2040, y posteriormente regresar al lugar y sustraer a eso de las 22:30 horas, una motocicleta marca Yamaha, modelo FZ16, año 2013, color azul, PPU MD943, las cuales llevó a un sitio eriazo ubicado en las inmediaciones, para proceder a desmantelar dichos vehículos, siendo observado su actuar por un transeúnte del lugar, quien da cuenta a Carabineros del desmantelamiento del vehículo en cuestión, y al consultar funcionarios de Carabineros las placas patentes, se percatan que ambos vehículos mantenían encargo vigente por robo, según parte N°1474 del 31 de octubre del año 2024, de la Tenencia Rita Olivares, concurriendo al lugar Carabineros a este sitio eriazo, observando al imputado realizando las maniobras de desmantelamiento y al advertir la presencia policial se da a la fuga del lugar, siendo seguido por Carabineros y detenido. ACTO SEGUIDO SE PROCEDE A DICTAR SENTENCIA: I.- Imputado PABLO ALBERTO SALINAS ROJAS, cédula de identidad N° 20.010.751-9, es CONDENADO como AUTOR del delito CONSUMADO de ROBO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, previsto y sancionado en el artículo 443 en relación al artículo 432 del Código Penal, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en los hechos ocurridos con fecha 30 de octubre del año 2024, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que no reuniendo el sentenciado los requisitos de la Ley 18.216, deberá cumplir de manera efectiva la pena corporal impuesta, la que s
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AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO SENTENCIA CONDENATORIA Fecha Quilpué., dos de abril de dos mil veinticinco Magistrado MARIA ALEJANDRA RADIC SOFFIA Fiscal CARLOS ALEJANDRO PARRA FUENTES Defensor MARIANELA DEL CARMEN GATICA GATICA Hora inicio 10:26AM Hora termino 10:44AM Sala Sala 1 / PISO 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Quilpué Acta GUF RUC 2401324854-7 RIT 3508 - 2024 Actuaciones efectuadas
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