Juzgado de Garantía de Osorno

ERWIN OSCAR OYARZUN MORA C/ CRISTIAN RODRIGO CARRASCO FIGUEROA

Rol

O-569-2025

Fecha

27 de marzo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. El día 18 de diciembre de 2022, aproximadamente a las 22.41 horas CRISTIAN RODRIGO CARRASCO FIGUEROA condujo en manifiesto estado de ebriedad, el vehículo P.P.U. FPXF-31, por la calle Juan Mackenna a la altura del N°2090, de la ciudad de Osorno, siendo detenido en el lugar. A la muestra de sangre arrojó que mantenía una concentración alcohólica de 2,54 gramos por mil de alcohol, según Informe de alcoholemia N°3579-22, del Servicio Médico Legal. Y

Fundamentos

considerando además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6 y 9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 30, 49, 50 y siguientes, 70 del Código Penal; 110 y 196 de la Ley de Tránsito; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 3 y siguientes y 38 de la Ley N°18.216;

Fallo

se declara: I. Que se condena a CRISTIAN RODRIGO CARRASCO FIGUEROA, cédula de identidad N°12.751.872-6, 49 años, Ingeniero Agrícola, soltero, domiciliado en calle MISION QUILACAHUIN S/N, SAN PABLO, correo electrónico cristiancarrasco75@hotmail.com (Art.31 C.P.P.), como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, cometido en el territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 18 de diciembre de 2022, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, a una multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales, a la suspensión de la licencia de conducir por el término de dos años, y a la suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4º de la Ley Nº18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión Código: SDNEXTXMFUS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:cristiancarrasco75@hotmail.com condicional de la pena, quedando sujeto al control del Centro de Reinserción Social de Osorno, por el lapso de un año, sin abonos que le favorezcan. Queda notificado el sentenciado que debe presentarse a C.R.S. Osorno, dentro de quinto día posterior a aquél en que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despachar una orden de detención en su contra, y proceder al debate sobre la intensificación o revocación del beneficio concedido. III.- Atendido lo

Texto Completo (Preview)

RUC : 2201270026-5 RIT : 569 - 2025 DELITO : Cond. Estado de Ebriedad NOMBRE DEL IMPUTADO : CRISTIAN R. CARRASCO FIGUEROA PROCEDIMIENTO : Simplificado OSORNO, veintisiete de marzo de dos mil veinticinco Visto Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. El día 18 de diciembre de 2022, aproximadamente a las 22.41 horas CRISTIAN RODRIGO CARRASCO FIGUEROA condujo

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