Juzgado de Garantía de Valparaíso

MP C/ JOHAN ALEXIS SALINAS BALCAZA

Rol

O-4716-2024

Fecha

1 de abril de 2025

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 Nº9, 12 Nº16, 14 Nº1, 15 Nº1, 22, 24, 30, 68, 69, 70, 436 inciso 2º del Código Penal; artículos 259 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 7 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a JOHAN ALEXIS SALINAS BALCAZA, cédula de identidad N°21.160.480-8, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria legal de suspensión de cargou oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2º del Código Penal, cometido en grado frustrado pero sancionado como consumado, cometido por el imputado en esta ciudad de Valparaíso el 28 de junio de 2024. II.- Estimando este juzgador que el imputado cumple con los requisitos al efecto aplica la pena de reclusión parcial nocturna en su domicilio, entre las 22:00 horas Código: HXPXXTPNPSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de cada día y las 06:00 horas del día siguiente por cada uno de los quinientos cuarenta y un días de reclusión a que ha sido condenado. En el evento que esta pena alternativa sea revocada, el imputado tiene el día del control de la detención y el tiempo que estuvo con arresto domiciliario nocturno entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, desde el 29 de junio de 2024 hasta hoy 01 de abril de 2025. III) Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa en atención a que por su disposición se ha evitado un juicio oral y los costos materiales, humanos y económicos que un juicio oral implica. Regístrese y archívese en su oportunidad. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 d

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 Nº9, 12 Nº16, 14 Nº1, 15 Nº1, 22, 24, 30, 68, 69, 70, 436 inciso 2º del Código Penal; artículos 259 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 7 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a JOHAN ALEXIS SALINAS BALCAZA, cédula de identidad N°21.160.480-8, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria legal de suspensión de cargou oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2º del Código Penal, cometido en grado frustrado pero sancionado como consumado, cometido por el imputado en esta ciudad de Valparaíso el 28 de junio de 2024. II.- Estimando este juzgador que el imputado cumple con los requisitos al efecto aplica la pena de reclusión parcial nocturna en su domicilio, entre las 22:00 horas Código: HXPXXTPNPSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de cada día y las 06:00 horas del día siguiente por cada uno de los quinientos cuarenta y un días de reclusión a que ha sido condenado. En el evento que esta pena alternativa sea revocada, el imputado tiene el día del control de la detención y el tiempo que estuvo con arresto domiciliario nocturno entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, desde el 29 de junio de 202

Texto Completo (Preview)

RUC 2400745825-4 RIT 4716 - 2024 Imputado: JOHAN ALEXIS SALINAS BALCAZA, cédula de identidad N° 21.160.480- 8, fecha de nacimiento 01 de noviembre de 2002, 22 años de edad, domiciliado en Pasaje El Tiempo N°121, Población Joaquín Edwards Bello, Playa Ancha, Valparaíso. Hecho: “Con fecha 28 de junio de 2024, a eso de las 15:40 horas, en la vía pública, en específico en Avenida Errázuriz de la comu

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