C/ GABRIEL ALEJANDRO RIVERA VILCHES
Rol
O-1818-2024
Fecha
27 de marzo de 2025
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 22 de marzo de 2024, a las 14:10 horas aproximadamente, los imputados GABRIEL ALEJANDRO RIVERA VILCHES y NICOLÁS IGNACIO BECERRA ACUM, concurrieron a calle Santiago de Compostela N°511, en la comuna de Quilicura, manteniendo en su poder una motocicleta, color azul, marca Yamaha, modelo YZ85, placa patente única SJJ.012, con el objeto de venderla. Dicha motocicleta fue sustraída a la víctima ARMANDO IGNACIO ARAYA FERNANDEZ y mantenía encargo vigente por el delito de robo de vehículo motorizado, según da cuenta el Parte denuncia N°3428 de la 54° Comisaria de Huechuraba, de fecha 15 de septiembre de 2024. Los imputados mantuvieron la motocicleta en su poder conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, toda vez que no la habían recibido de su dueño o tenedor legítimo, no portaba placas patentes y no mantenían documento o antecedente alguno que justificara su Código: UXXCXTXWJTS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tenencia legítima. A su vez, se encontró en el domicilio del imputado NICOLÁS IGNACIO BECERRA ACUM, ubicado en calle Santiago de Compostela 511, en la comuna de Quilicura, una motocicleta marca Suzuki, modelo GSXR1000R, color azul plata, PPU WXD.O19, la cual era de propiedad de la víctima CARLOS ANDRÉS VILLALOBOS GUERRA y mantenía encargo vigente por el delito de robo de vehículo motorizado, según da cuenta el Parte denuncia N°38 de la 26° Comisaría de Pudahuel, de fecha 03 de enero de 2024. El imputado conocía o no podía menos que conocer su origen ilícito, toda vez que no la habían recibido de su dueño o tenedor legítimo, no portaba placas patentes, presentaba daños en la chapa de encendido y no mantenían documento o antecedente alguno que justificara su tenencia legítima. SE DECLARA: I. Que se condena a GABRIEL ALEJANDRO RIVERA VILCHES, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, suspensión de cargo u o
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a GABRIEL ALEJANDRO RIVERA VILCHES, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y multa a beneficio fiscal equivalente a un tercio de unidad tributaria mensual, en calidad de autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado, cometido el 22 de marzo de 2024, en la comuna de Quilicura. II. Que se condena a NICOLAS IGNACIO BECERRA ACUM, ya individualizado a dos penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y dos multas a beneficio fiscal equivalente a un tercio de unidad tributaria mensual, cada una, en calidad de autor de dos delitos consumados de receptación de vehículo motorizado, ambos ilícitos cometidos el 22 de marzo de 2024, en la comuna de Quilicura. III. Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216 se sustituye el cumplimiento de las penas privativas de libertad impuestas por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujetos los sentenciados a la discreta observación y asistencia a Gendarmería de Chile, Centro de Reinserción Social correspondiente a sus domicilios, durante el plazo de 541 días RIVERA VILCHES y por 1082 días BECERRA ACUM y debiendo ambos cumplir las condiciones del artículo 5 de la Ley 18.216. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada los
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Segundo Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 4º piso, Acceso o Edificio B. Centro de Justicia de Santiago SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CLAUDIA VIVIANA HERMOSILLA TORO RUC: 2400335909-k RIT: 1818-2024 IMPUTADO: GABRIEL ALEJANDRO RIVE
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