RAUL IGNACIO CARREÑO ARAVENA C/ BARUC CISTERNAS BRAVO
Rol
O-1987-2023
Fecha
1 de abril de 2025
Materia
PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en el artículo 1°, 3°, 11 N° 6, 14, 15, 18, 21, 28, 50, 68, 69 del Código Penal; artículo 406 y siguiente del Código Procesal Penal, disposiciones de la Ley 17.798, se declara: I.- Que se condena a Benjamín Antonio Aravena Díaz, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargos a oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito de porte de arma de fuego prohibida, previsto y sancionado en el artículo 13 en relación al artículo 1° y artículo 3° letra F de la Ley 17.798, consumado, perpetrado en estas jurisdicciones el día 21 de julio del 2023. II.- Que la pena impuesta se le va a dar por cumplida con el mayor tiempo que ha permanecido privado de la libertad en esta causa, a saber, desde el 22 de julio del 2023 a la fecha. III.- Se decreta el comiso del arma incautada. Ejecutoría que sea la sentencia, se ordena que se determine la huella genética del sentenciado, incluyéndose en el registro condenado de conformidad al artículo 17 de la Ley 19.970 a través de Gendarmería de Chile. De ese cumplimiento de su oportunidad a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes presentes y el sentenciado quedan personalmente notificados de esta sentencia. Se tiene presente la renuncia a los plazos por parte de los intervinientes y en consecuencia, por ejecutoriada la presente sentencia. Se da orden de libertad al sentenciado, cúmplase por Gendarmería de Chile. Dirigió la audiencia y dictó sentencia don GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO, Juez Titular del 10° Juzgado de Garantía de Santiago. Código: GHEBXTCXFPS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Detalle de Delitos, RIT 1987 - 2023, RUC 2300788190-8. DENUNCIADO DELITO BENJAMÍN ANTONIO ARAVENA DÍAZ PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°) Posesion tenencia o porte de mun y sust quimica
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Benjamín Antonio Aravena Díaz, ya individualizado, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargos a oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito de porte de arma de fuego prohibida, previsto y sancionado en el artículo 13 en relación al artículo 1° y artículo 3° letra F de la Ley 17.798, consumado, perpetrado en estas jurisdicciones el día 21 de julio del 2023. II.- Que la pena impuesta se le va a dar por cumplida con el mayor tiempo que ha permanecido privado de la libertad en esta causa, a saber, desde el 22 de julio del 2023 a la fecha. III.- Se decreta el comiso del arma incautada. Ejecutoría que sea la sentencia, se ordena que se determine la huella genética del sentenciado, incluyéndose en el registro condenado de conformidad al artículo 17 de la Ley 19.970 a través de Gendarmería de Chile. De ese cumplimiento de su oportunidad a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes presentes y el sentenciado quedan personalmente notificados de esta sentencia. Se tiene presente la renuncia a los plazos por parte de los intervinientes y en consecuencia, por ejecutoriada la presente sentencia. Se da orden de libertad al sentenciado, cúmplase por Gendarmería de Chile. Dirigió la audiencia y dictó sentencia don GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO, Juez Titular del 10° Juzgado de Garantía de Santiago. Código
Texto Completo (Preview)
RUC : 2300788190-8 RIT : 1987 - 2023 MAGISTRADO : GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO NOMBRE IMPUTADO : BENJAMÍN ANTONIO ARAVENA DÍAZ CEDULA DE IDENTIDAD : 0021258635-8 DOMICILIO : Pasaje Vancouver Nº 0663, comuna de La Granja. FISCAL : Leonardo Zamora H. DEFENSOR PRIVADO : Juan Hernández F. TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : uno de abril de dos mil veinticinco CIRCU
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