C/ MARCELO FRANCO VALENZUELA HERRERA
Rol
O-3643-2023
Fecha
1 de abril de 2025
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación y de los antecedentes de la investigación ha relevado al ente persecutor de su carga probatoria y ha ahorrado gastos al erario público al evitar la realización de un juicio oral y contradictorio. Resolución: I.- Que se condena a MARCELO FRANCO VALENZUELA HERRERA, ya individualizado, por su participación en calidad de autor en el delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, perpetrado el día 07 de septiembre de 2023, en la comuna de San Ramón, en grado de ejecución de consumado, a la pena QUINIENTOS CUATENTA Y UN DÍAS de de presidio menor en su grado medio, con la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el término de la condena. II.- Que se le condena a pagar una multa de 10 UTM, y teniendo presente el tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa en forma ininterrumpida a contar del dia 08 de septiembre del año 2023 sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva hasta hoy, se tiene la pena privativa de libertad anteriormente impuesta y la pena de multa por cumplidas. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, ya que ha ahorrado gastos al erario público al evitar la realización de un juicio oral y contradictorio. IV.- Que se decreta el comiso de las especies que fueron incautadas. V- Que se fija día y hora para que se presente a Gendarmería de Chile el dia 14 de abril del año 2025 a las 08:00 al CRS Santiago Sur, ubicado en calle Arturo Prat N° 1490 comuna de Santiago, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970, esto es, que se deberá determinar la huella genética del imputado e ingresarla al registro de condenados, bajo apercibimiento de despachar orden de detención en su contra si no lo hace. Código: YGDTXTKXULS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ejecutoriado este fallo cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archív
Fundamentos
Considerando: Que en cuanto a la determinación de la pena se tiene presente que concurre la minorante del articulo 11 N° 9 del Código Penal, esto es, la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, ya que el acusado con su aceptación de los hechos de la acusación y de los antecedentes de la investigación ha relevado al ente persecutor de su carga probatoria y ha ahorrado gastos al erario público al evitar la realización de un juicio oral y contradictorio. Resolución: I.- Que se condena a MARCELO FRANCO VALENZUELA HERRERA, ya individualizado, por su participación en calidad de autor en el delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, perpetrado el día 07 de septiembre de 2023, en la comuna de San Ramón, en grado de ejecución de consumado, a la pena QUINIENTOS CUATENTA Y UN DÍAS de de presidio menor en su grado medio, con la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el término de la condena. II.- Que se le condena a pagar una multa de 10 UTM, y teniendo presente el tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa en forma ininterrumpida a contar del dia 08 de septiembre del año 2023 sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva hasta hoy, se tiene la pena privativa de libertad anteriormente impuesta y la pena de multa por cumplidas. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, ya que ha ahorrado gastos al erario público al evitar la realización de un juicio oral y contradictorio. IV.- Que se decreta el comiso de las especies que fueron incautadas. V- Que se fija día y hora para que se presente a Gendarmería de Chile el dia 14 de abril del año 2025 a las 08:00 al CRS Santiago Sur, ubicado en calle Arturo Prat N° 1490 comuna de Santiago, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970, esto es, que se deberá determinar la huella genética del imputado e ingresarla al registro de condenados, bajo apercibimiento de despachar orden de detención en su contra si no lo hace. Código: YGDTXTKXULS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ejecutoriado este
Fallo
fallo cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene presente la renuncia a los plazos legales pendientes por parte de todos los intervinientes y esta sentencia como ejecutoriada para todos los efectos a contar de esta fecha. Orden de libertad. Dictada por MARCELA ALEJANDRA DATTAS ZAPATA, Juez Titular del 15° Juzgado de Garantía de Santiago. Código: YGDTXTKXULS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-02T10:16:49-0300
Texto Completo (Preview)
RESUMEN: RUC : 2300976663-4 RIT : 3643 - 2023 MATERIA :Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades IMPUTADO : MARCELO FRANCO VALENZUELA HERRERA CEDULA DE IDENTIDAD : 17.953.319-7 DOMICILIO : Calle Anibal Pinto N° 9440, La Cisterna FISCAL : Daniel Schachermayer Mondaca DEFENSOR PRIVADO : Carlos Araya Arancibia CEDULA DE IDENTIDAD : 16.607.100-3 TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Sa
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