BANCO SANTANDER - CHILE/AC Y MA COMUNICACIONES LIMITADA
Rol
C-1403-2021
Fecha
6 de octubre de 2021
Materia
ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC
Resultado
No especificado
Hechos
visto además, lo dispuesto en los artículos 144, 170, 341, 342, 604 inciso 1° y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1437, 1545, 1559, 1698, 1702, 1915, 1916, 1917, 1919, 1920, 1924 y 1942 del Código Civil; se declara: I. Que se acoge la demanda deducida, declarándose terminados los contratos de arriendo que ligaron a las partes, por no pago de las rentas pactadas; II. Que el demandado principal, deberá proceder a la restitución de los siguientes vehículos dentro de 10 días hábiles de notificada la presente sentencia: 1. Un furgón Marca Citroen, Modelo Berlingo B9C, 1.6 HDI PL AA AB, año 2016, Placa Patente HYGH-45. 2. Un furgón Marca Citroen, Modelo Berlingo B9C, 1.6 HDI PL AA AB, año 2016, Placa Patente HYGH-43. 3. Un furgón Marca Citroen, Modelo Berlingo B9C, 1.6 HDI PL AA AB, año 2016, Placa Patente HYGH-41. 4. Un furgón Marca Citroen, Modelo Berlingo B9C, 1.6 HDI PL AA AB, año 2016, Placa Patente HYGH-42. 5. Un furgón Marca Citroen, Modelo Berlingo B9C, 1.6 HDI PL AA AB, año 2016, Placa Patente HYGH-44; III. Que los demandados deberán pagar solidariamente al demandante la suma de 140,2800 Unidades de Fomento, por concepto de rentas de arrendamiento impagas al día 25 de noviembre de 2020, más las rentas que se hayan devengado durante el curso de juicio hasta la restitución efectiva del bien, ambas sumas con el interés moratorio estipulado, desde la fecha del incumplimiento y hasta la de su pago efectivo; IV.Que se rechaza la pretensión de avaluación anticipada de perjuicios, por lo expuesto y razonado en los
Fundamentos
motivos V a VII; V. Que no se condena en costas a los demandados, por no haber sido totalmente vencidos. Regístrese y notifíquese. PRONUNCIADA POR DON HUMBERTO PROVOSTE BACHMANN, JUEZ TITULAR. AUTORIZA DOÑA CAROLINA CANALES MORALES, SECRETARIA TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, seis de Octubre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-10-06T09:41:57-0300
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 144, 170, 341, 342, 604 inciso 1° y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1437, 1545, 1559, 1698, 1702, 1915, 1916, 1917, 1919, 1920, 1924 y 1942 del Código Civil; se declara: I. Que se acoge la demanda deducida, declarándose terminados los contratos de arriendo que ligaron a las partes, por no pago de las rentas pactadas; II. Que el demandado principal, deberá proceder a la restitución de los siguientes vehículos dentro de 10 días hábiles de notificada la presente sentencia: 1. Un furgón Marca Citroen, Modelo Berlingo B9C, 1.6 HDI PL AA AB, año 2016, Placa Patente HYGH-45. 2. Un furgón Marca Citroen, Modelo Berlingo B9C, 1.6 HDI PL AA AB, año 2016, Placa Patente HYGH-43. 3. Un furgón Marca Citroen, Modelo Berlingo B9C, 1.6 HDI PL AA AB, año 2016, Placa Patente HYGH-41. 4. Un furgón Marca Citroen, Modelo Berlingo B9C, 1.6 HDI PL AA AB, año 2016, Placa Patente HYGH-42. 5. Un furgón Marca Citroen, Modelo Berlingo B9C, 1.6 HDI PL AA AB, año 2016, Placa Patente HYGH-44; III. Que los demandados deberán pagar solidariamente al demandante la suma de 140,2800 Unidades de Fomento, por concepto de rentas de arrendamiento impagas al día 25 de noviembre de 2020, más las rentas que se hayan devengado durante el curso de juicio hasta la restitución efectiva del bien, ambas sumas con el interés moratorio estipulado, desde la fecha del incumplimiento y hasta la de su pago efectivo; IV.Que se rechaza la
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FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1403-2021 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/AC Y MA COMUNICACIONES LIMITADA Santiago, seis de Octubre de dos mil veintiuno VISTOS. Con fecha 8 de febrero de 2021, don Francisco Freire Allendes, abogado, en representación convencional y mandatario judicial de BANCO SANTANDER- CHILE, sociedad anó
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