C/ MOISÉS GABRIEL SANHUEZA DÍAZ
Rol
O-880-2023
Fecha
1 de abril de 2025
Materia
MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 08 de diciembre de 2022, cerca de las 00:50 horas, los imputados MOISÉS GABRIEL SANHUEZA DÍAZ, BRANDON RENATO ALEXANDER VARGAS SÁEZ y LEODÁN ALEXANDER CHAMBLAS URRUTIA, junto con otras 5 personas desconocidas, tras un control policial vehicular ocurrido en Villa Pehuén, calle Graciela Pucheo esquina Omar Gayoso, de la comuna de Arauco, agredieron con golpes de pie y puño al Carabinero CLAUDIO ANTONIO PINEDA VÁSQUEZ en ejercicio de sus funciones, provocándole lesiones clínicamente menos graves, consistente en esguince en dedo medio de mano izquierda, dedo medio con leve aumento de volumen, dolor en la articulación interfalángica proximal con intenso dolor a la movilización y herida erosiva en rodilla izquierda; logrando, los funcionarios policiales, la detención de los imputados MOISÉS GABRIEL SANHUEZA DÍAZ y LEODÁN ALEXANDER CHAMBLAS URRUTIA, pero huyendo del lugar BRANDON RENATO ALEXANDER VARGAS SÁEZ, quien dejó su cédula de identidad en el lugar”. (Sic). Que conforme a lo dispuesto en el Auto Acordado N° 71-2016, artículo 62 inciso 3°, transcribe solo la parte resolutiva. Código: UXXCXTGLXPS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Los
Fundamentos
fundamentos de la sentencia quedan registrados en audio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 41 del Código Procesal Penal. B.- Sentencia: Vistos:
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6, 11 N°9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 30, 49, 50, 68, y 69 del Código Penal; artículos 11, 45, 47, 295, 297, 340, 348, 406, 407, 412 y 413 del Código Procesal Penal; y artículos 1,4, 8, y 38 de la Ley 18.216; Ley 21.430, SE RESUELVE: I.- Que, SE CONDENA a BRANDON RENATO ALEXANDER VARGAS SÁEZ, cédula de identidad N° 20.258.648-1, a la pena de 541 días de presidio menor en grado medio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito consumado de maltrato a obra de Carabineros con resultado de lesiones menor graves, previsto y sancionado en el artículo 416 Bis N°3 del Código de Justicia Militar, cometido el día 08 de abril del año 2022, en la comuna de Arauco. II.- Que, SE CONDENA a LEODÁN ALEXANDER CHAMBLAS URRUTÍA, cédula de identidad N° 19.768.006-7, a la pena de 61 días de presidio menor en grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito consumado de maltrato a obra de Carabineros con resultado de lesiones menor graves, previsto y sancionado en el artículo 416 Bis N°3 del Código de Justicia Militar, cometido el día 08 de abril del año 2022, en la comuna de Arauco. III.- Que, SE SUSTITUYE la pena privativa de libertad impuesta, respecto de Vargas Sáez, por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL EN MODALIDAD NOCTURNA, sin abonos que considerar
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de Preparación de Juicio Oral Fecha Arauco, uno de abril de dos mil veinticinco. Magistrado ALBERTO JARAQUEMADA CARRASCO Fiscal PABLO ACEVEDO Defensor VANIA VILLARROEL PACHECO Hora inicio 10.37 horas Hora término 11:12 horas Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Arauco Acta Claudia Labraña Valenzuela RUC 2201236831-7 RIT 880 - 2023 Víctima R.U.T Dirección Clau
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