CARTES/SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD LIMITADA
Rol
M-348-2022
Fecha
11 de octubre de 2022
Materia
Costas, Horas extras, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Registrado en audio. TRASLADO A CONTESTACION DE LA DEMANDA, DEMANDADA SOLIDARIA ASESORIAS E INVERSIONES FAUNDEZ LATORRE LIMITADA (DFV INGENIERÍA Y GESTIÓN LIMITADA): - Apoderado de la demandada contesta la demanda, solicitando el rechazo en todas sus partes, y hace alusión a excepción perentoria de falta de legitimación pasiva o falta de Litis consorcio. Tribunal provee: Por formulada la contestación de la demandada Asesorías e Inversiones Faundez Latorre Limitada. EXCEPCION DE FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA Y DESISTIMIENTO RESPECTO DE LA DEMANDADA SOLIDARIA ASESORIAS E INVERSIONES FAUNDEZ LATORRE LIMITADA (DFV INGENIERÍA Y GESTIÓN LIMITADA). Traslado: Demandante se allana a la excepción solicitada, y se desiste de la acción en contra de la demandada Asesorías e Inversiones Faundez Latorre Limitada. Tribunal provee: Se tiene por allanada la parte demandante respecto de la demandada DFV Ingeniería y Gestión Limitada, en cuanto a la falta de una legitimación pasiva, y por desistida la acción respecto de esta demandada ya individualizada para todos los efectos legales, sin costas por entender que hubo motivo plausible para litigar. SOLICITUD DEMANDANTE · Abogado de la parte demandante solicita se tenga por sentencia definitiva y cause ejecutoria en contra de los demandados, la sentencia que se dictó en estos autos, al no haberse reclamado dentro de plazo. Traslado: Abogado José Manuel Quijada Zamora en representación de la demandada Servicios Integrales de Seguridad Limitada, niega los hechos, y estará a lo que se demuestre en esta etapa procesal. Tribunal provee: Concepción, a once de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: (Parte resolutiva, sentencia íntegra consta en registro de audio) En razón de los
Fundamentos
fundamentos y resolución íntegra del tribunal consta en el registro de audio) RELACION DE LOS HECHOS: Registrado en audio. TRASLADO A CONTESTACION DE LA DEMANDA, DEMANDADA SOLIDARIA ASESORIAS E INVERSIONES FAUNDEZ LATORRE LIMITADA (DFV INGENIERÍA Y GESTIÓN LIMITADA): - Apoderado de la demandada contesta la demanda, solicitando el rechazo en todas sus partes, y hace alusión a excepción perentoria de falta de legitimación pasiva o falta de Litis consorcio. Tribunal provee: Por formulada la contestación de la demandada Asesorías e Inversiones Faundez Latorre Limitada. EXCEPCION DE FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA Y DESISTIMIENTO RESPECTO DE LA DEMANDADA SOLIDARIA ASESORIAS E INVERSIONES FAUNDEZ LATORRE LIMITADA (DFV INGENIERÍA Y GESTIÓN LIMITADA). Traslado: Demandante se allana a la excepción solicitada, y se desiste de la acción en contra de la demandada Asesorías e Inversiones Faundez Latorre Limitada. Tribunal provee: Se tiene por allanada la parte demandante respecto de la demandada DFV Ingeniería y Gestión Limitada, en cuanto a la falta de una legitimación pasiva, y por desistida la acción respecto de esta demandada ya individualizada para todos los efectos legales, sin costas por entender que hubo motivo plausible para litigar. SOLICITUD DEMANDANTE · Abogado de la parte demandante solicita se tenga por sentencia definitiva y cause ejecutoria en contra de los demandados, la sentencia que se dictó en estos autos, al no haberse reclamado dentro de plazo. Traslado: Abogado José Manuel Quijada Zamora en representación de la demandada Servicios Integrales de Seguridad Limitada, niega los hechos, y estará a lo que se demuestre en esta etapa procesal. Tribunal provee: Concepción, a once de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: (Parte resolutiva, sentencia íntegra consta en registro de audio) En razón de los fundamentos ya esgrimidos, y las normas legales citadas, el tribunal va a acoger la solicitud de la parte demandante, entendiendo que la sentencia monitoría de folio 11, de fecha 7 de junio 2022 está firme respecto de los dos demandados restantes, y por lo tanto tiene que procederse conforme a derecho, conforme a las reglas generales en cuanto a el cumplimiento y/o ejecución de lo allí resuelto, entendiendo que el día de hoy ya ha precluido todo derecho de los demandados de poder reabrir debate sobre el punto, lo que se comunica a los intervinientes para los fines correspondientes. Se entiende notificadas a las partes de todo lo obrado en audiencia, se ordena que sin perjuicio de ello, se levante acta de lo obrado el día de hoy, y cuyo contenido se remitirá a los correos electrónico de las partes. RIT: M-348-2022 RUC: 22-4-0402433-0 MEDIDA CAUTELAR - Abogado demandante solicita derechamente medida cautelar de retención de estados de pago que estuvieren pendientes respecto de la demandada principal, a tesorería general de la república, para efectos de garantizar el pago de la suma, y que el total de lo demandado son $955.300.- Tri
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACIÓN, Y PRUEBA, PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital zoom) FECHA 11 de octubre de 2022 Registro de Audio en remoto SALA 2 RUC 22-4-0402433-0 RIT M-348-2022 MAGISTRADO DENIS RODRIGO OYARCE ORREGO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Mariela Romero Concha HORA DE INICIO 11:54 horas
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