FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ SANTIAGO PEDRO MARIANO ARREDONDO GUEVARA
Rol
O-246-2025
Fecha
1 de abril de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de SANTIAGO PEDRO MARIANO ARREDONDO GUEVARA, se resuelve en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho: El día 3 de febrero del año 2025, cerca de las 14 horas, en circunstancias que el imputado Santiago Arredondo Guevara se encontraba en el domicilio que comparte con las víct imas, ubicado en Valdivia, 71 Villa Alemana, víct ima en primer lugar su hermano, Mart ín Arredondo Guevara, y su madre Adriana Raquel Guevara, procedió a tener una discusión primeramente con el hermano, indicándole insultos, y posteriormente amenazándolo de agresión. Para posteriormente también amenazar de agresión a todo el grupo familiar, indicándole que le iba a pegar a todos. Procediendo también a causar destrozos en el domicilio, ocasionando también daños en el lugar. Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, const ituyen el delito de AMENAZAS SIMPLES EN CONTEXTO DE VIF, previsto en el Art . 296 N°3 del Código Penal en relación al Art . 5 de la Ley 20.066, en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole al requerido part icipación en calidad de AUTOR.
Fallo
se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: El día 3 de febrero del año 2025, cerca de las 14 horas, en circunstancias que el imputado Santiago Arredondo Guevara se encontraba en el domicilio que comparte con las víct imas, ubicado en Valdivia, 71 Villa Alemana, víct ima en primer lugar su hermano, Mart ín Arredondo Guevara, y su madre Adriana Raquel Guevara, procedió a tener una discusión primeramente con el hermano, indicándole insultos, y posteriormente amenazándolo de agresión. Para posteriormente también amenazar de agresión a todo el grupo familiar, indicándole que le iba a pegar a todos. Procediendo también a causar destrozos en el domicilio, ocasionando también daños en el lugar. Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, const ituyen el delito de AMENAZAS SIMPLES EN CONTEXTO DE VIF, previsto en el Art . 296 N°3 del Código Penal en relación al Art . 5 de la Ley 20.066, en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole al requerido part icipación en calidad de AUTOR. Se resuelve: Código: FBLPXTXNNVR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que no habiéndose rendido prueba por parte de la fiscalía, el Tribunal no t iene los antecedentes suficientes para arribar a una condena, en la medida que no se ha podido quedar por demostrado el hecho punible ni tampoco la part icipación que pudiese haber cabido al imputado y se procederá a la absolución. Y
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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, primero de abril dos mil veint icinco. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de SANTIAGO PEDRO MARIANO ARREDONDO GUEVARA, se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: El día 3 de febrero del año 2025, cerca de las 14 horas, en circunstancias
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