C/ SERGIO ANDRÉS AGUIRRE NAVARRO
Rol
O-10131-2024
Fecha
27 de marzo de 2025
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): “El día de diciembre de aproximadamente a las :3 hrs, encontrándose el vehículo marca Suzuki modelo Swift Año PPU TKCT. , estacionado frente al número 8 en calle Doctor Santibáñez de la comuna de Cerrillos, el imputado procede con un objeto contundente a quebrar el vidrio de la ventana de la puerta trasera del referido automóvil”. Circunstancias modificatorias: Se reconoce como circunstancia modificatoria de responsabilidad penal la atenuante del artículo N° N° 9 del Código Penal. Resolución: Que se CONDENA a SERGIO ANDRÉS AGUIRRE NAVARRO, cédula de identidad . . - , como autor del ilícito de robo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 3 del Código Penal, en grado de ejecución de tentado a la pena de: i. Cuarenta y un días de prisión en su grado máximo; ii. Accesorias legales de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; iii. No se condena en costas. -Se sustituye la pena de cárcel por la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, se reconoce como abono día, que permaneció privado de libertad con motivo de esta causa, por lo que deberá cumplir con días que equivalen a 3 horas de prestación de servicios. -Se suspende el cumplimiento de la pena sustitutiva hasta que el imputado recupere su libertad, por estar privado de libertad por causa diversa. Una vez firme y ejecutoriado el fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Se renuncia a los plazos. El sentenciado deberá presentarse ante el C.R.S. Santiago Occidente, una vez que recupere su libertad en el plazo de cinco días. OTROS ARTICULOS 7 TER. SOBRE DELITOS SEXUALES DEL CP Detalle o Descripción de la prohibición u obligación (en caso de haber) SUSPENSIÓN DE LA PENA (Art. 9 CPP. o Art Ley . ) Detalle artículo y ley GIRO DE CHEQUE (Nombre de la persona a girar) MONTO $ OTROS - observaciones (en caso de haber) (*) L
Fallo
fallo dictado íntegramente en audiencia por el Juez, de conformidad al artículo 39, , y demás pertinentes del mismo cuerpo legal. Código: CFLGXTEXFZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: CFLGXTEXFZR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-01T12:26:41-0300
Texto Completo (Preview)
Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: 0 9 00 Fax: 0 9 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO (*) FECHA: veintisiete de marzo de dos mil veinticinco TRIBUNAL: 9º Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: MARÍA INÉS HERNÁNDEZ CÁCERES RUC: 9 -9 RIT: - IMPUTADO: SERGIO ANDRÉS AGUIRRE NAVARRO CI: - Hechos (co
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica