Juzgado de Garantía de Punta Arenas

CATHERINE MARIANNE MORA GACITUA C/ CRISTIAN ALEJANDRO ABARCA VEGA

Rol

O-128-2025

Fecha

31 de marzo de 2025

Materia

TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 16 de diciembre de 2024, alrededor de las 08:30 horas, en circunstancias en que los requeridos se encontraban en calidad de internos al interior del Complejo Penitenciario de Punta Arenas, ubicado en avenida Circunvalación General Ramón Cañas Montalva N° 2080 de esta ciudad, funcionarios de Gendarmería realizaron un procedimiento de registro y allanamiento ordinario en el módulo E-1. En ese contexto, al efectuar un registro Código: XCZXTDWRXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl corporal al requerido OSVALDO ANDRES PEREZ VALENCIA, personal de Gendarmería se percata que en el bolsillo pequeño izquierdo de su pantalón portaba un (01) chip de la empresa WOM y un (01) chip de la empresa Claro, reconociendo el requerido que ambos dispositivos eran de su propiedad, dispositivos de comunicación que mantenía sin autorización del personal del recinto. Una vez finalizado el registro corporal de los internos, se procedió con el allanamiento de las celdas, logrando el hallazgo de un (01) teléfono celular marca Samsung, con chip de la empresa WOM en la celda N°7, el cual se encontraba bajo la almohada de la cama donde pernocta el interno CRISTIAN ALEJANDRO ABARCA VEGA, dispositivo de comunicación que portaba sin autorización del personal del recinto” Los hechos son constitutivos del delito de MANTENER SIN AUTORIZACIÓN ELEMENTOS TECNOLÓGICOS DE COMUNICACIÓN EN UN RECINTO PENITENCIARIO, previsto y sancionado en el artículo TER en relación al artículo BIS del Código Penal, correspondiéndole al requerido participación en calidad de autor del mismo, debido a que tomó participación en los hechos de manera inmediata y directa. SE DECLARA: I.- Que se condena a OSVALDO ANDRES PEREZ VALENCIA, chileno, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena (artículo del Código Penal)

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a OSVALDO ANDRES PEREZ VALENCIA, chileno, ya individualizado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena (artículo del Código Penal) en su calidad de autor del delito de mantener sin autorización elementos tecnológicos de comunicación en un recinto penitenciario, previsto y sancionado en el artículo ter en relación al artículo bis del Código Penal, el cual se encontraba en grado de desarrollo consumado, cometido en la comuna de Punta Arenas, territorio de este tribunal, el día de diciembre de . II.- Que, atendido el extracto de filiación y antecedentes del sentenciado, el Código: XCZXTDWRXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cumplimiento de la pena corporal deberá ser REAL Y EFECTIVO, sin abonos que considerar, debiendo cumplir ésta inmediatamente después de terminar el cumplimiento de la pena por la cual actualmente se encuentra privado de libertad. III.- Que no se condena en costas al sentenciado, por haber admitido responsabilidad en esta causa y no haber solicitado la realización de un juicio oral, evitando los gastos que ello implica. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente que se renunciaron a plazos y recursos por los intervinientes y por

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE PUNTA ARENAS MAGISTRADO: ELENA VERONICA CONTRERAS DAZA RUC: - RIT: - IMPUTADO OSVALDO ANDRES PEREZ VALENCIA C.I. - DIRECCION Canadá , Población Las Vegas COMUNA: Quilpué DELITOS Mantener sin autorización elementos tecnológicos de comunicación en un recint

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