Juzgado de Garantía de Angol

PEDRO ARNOLDO RAMIREZ ALVAREZ C/ RODRIGO ALEJANDRO CALABRANO ÑANCO

Rol

O-2633-2024

Fecha

27 de marzo de 2025

Materia

INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos contenidos en el requerimiento. Se procede a la lectura de la sentencia. VISTO, OIDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: EUDDXTDNNCR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En mérito de las consideraciones y disposiciones legales que han quedado consignadas en el registro de audio de la presente audiencia,

Fallo

se declara: I.- Que se condena a don RODRIGO ALEJANDRO CALABRANO ÑANCO, cédula de identidad N° 20.101.912-5, ya individualizado, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, más la suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, por la responsabilidad que en carácter de autor le correspondió en el hecho ilícito constitutivo, de ingreso de aparatos electrónicos al recinto penal, ocurrido en esta comuna con fecha 24 de octubre del año 2024. II.- Que, el imputado cumpliendo los requisitos del artículo décimo y siguientes de la ley 18.216, se le sustituye la pena privativa libertad, por la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, debiendo cumplir un lapso de 54 horas en total. Quedando sujeto al control de Gendarmería de Chile, quien deberá designar al delegado encargado de proponer al tribunal lugar, modalidad y horario en que el imputado deberá cumplir dicha prestación, dentro del plazo de 45 días, contados desde el momento de la dictación de esta sentencia. El imputado se encuentra obligado a presentarse al Centro de Reinserción Social de la ciudad de Angol, una vez que quede ejecutoriado el presente fallo, a fin de dar inicio al cumplimiento de esta sentencia. De igual forma si el imputado quebrantare o le fuera revocada la pena sustitutiva, deberá cumplirla de manera efectiva en el recinto que determine Gendarmería de Chile. III.- Teniendo en consideración que el imputado actualmente se encuentra su

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Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado. Fecha Angol, veintisiete de marzo de dos mil veinticinco Magistrado JUAN MAURICIO POBLETE ERICES Fiscal LUIS ALFREDO ESPINOZA ARÉVALO Defensor particular NELSON MIRANDA URRUTIA Hora inicio 10:16AM Hora termino 10:18AM Sala Sala N°1 Tribunal Juzgado de Garantía de Angol Acta Susana Castillo Altamirano RUC 2401303423-7 RIT 2633 - 2024 NO

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