FELIPE EDUARDO PARRA LETELIER C/ OSCAR ARTURO VERGARA HUINCATRIPAI
Rol
O-12570-2024
Fecha
27 de marzo de 2025
Materia
TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 03 de septiembre de 2024, alrededor de las 09:10AM, al interior del Centro de Detención Penitenciario Santiago Uno, ubicado en Nueva Centenario N° 1879, comuna de Santiago, funcionarios de gendarmería sorprendieron al imputado privado de libertad, OSCAR ARTURO VERGARA HUINCATRIPAI, portando en su poder 01 TELEFONO CELULAR MARCA TCL COLOR AZUL CHIP EMPRESA CLARO, sin estar legalmente autorizado para tal efecto. SE DECLARA: I.- Que se condena a OSCAR ARTURO VERGARA HUINCATRIPAI, ya individualizado, a la pena de 41 DIAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de TENENCIA DE ELEMENTOS TECNOLÓGICOS DENTRO DE UN ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO, previsto y sancionado en el artículo 304 ter del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, hecho cometido el día 03 de septiembre de 2024, en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL por el período de UN AÑO, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social Santiago ubicado en CALLE SANTO DOMINGO N°1382, comuna de SANTIAGO, una vez que recupere su libertad en causa Código: XXCLXTFHNLQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl diversa RUC 2400744307-9 RIT 3011-2024 del 6° Juzgado de Garantia de Santiago. III.- En el evento de que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva, sin abonos que computar. IV.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. V.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a OSCAR ARTURO VERGARA HUINCATRIPAI, ya individualizado, a la pena de 41 DIAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de TENENCIA DE ELEMENTOS TECNOLÓGICOS DENTRO DE UN ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO, previsto y sancionado en el artículo 304 ter del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, hecho cometido el día 03 de septiembre de 2024, en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL por el período de UN AÑO, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social Santiago ubicado en CALLE SANTO DOMINGO N°1382, comuna de SANTIAGO, una vez que recupere su libertad en causa Código: XXCLXTFHNLQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl diversa RUC 2400744307-9 RIT 3011-2024 del 6° Juzgado de Garantia de Santiago. III.- En el evento de que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva, sin abonos que computar. IV.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. V.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en
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PROCEDIMIENTO Simplificado FECHA: Santiago., veintisiete de marzo de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: ISABEL MARGARITA CORREA HAEUSSLER RUC: 2401185364-8 RIT: 12570 - 2024 IMPUTADO: OSCAR ARTURO VERGARA HUINCATRIPAI C.I. 0021697697-5 DELITO TENENCIA DE ELEMENTOS TECNOLÓGICOS DENTRO DE UN ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO ARTICULO 304 ter del Código Pena
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