Juzgado de Garantía de San Carlos

MP C/ VÍCTOR MANUEL ZAPATA CARRASCO

Rol

O-2653-2024

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y teniendo presente: Lo establecido en los arts. 1, 3, 5, 7, 11 n° 9, 14, 15, 67, 68, 69, 296 del Código Penal, arts. 5, 7 y 9 de la Ley 20.066, art. 8 y siguiente de la Ley 18.216, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I. Que, se condenan a don VÍCTOR MANUEL ZAPATA CARRASCO, cédula nacional de identidad N° 0016845007-9, lo demás ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, ilícito previsto y sancionado en el artículo 296 n° 3 del Código Penal, en relación con el art. 5° de la Ley 20.066, ilícito cometido en territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 20 de noviembre del año 2024, a sufrir la pena corporal de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y accesoria legal de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Que, la pena corporal que se ha impuesto será sustituida por la de RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNA, debiendo computarse una noche de privación de libertad por cada día que ha sido condenado el imputado, debiendo quedar recluido entre las 22:00 y las 06:00 horas del día siguiente, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social dentro de quinto día que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada. Teniendo en consideración que no existe en este momento informe de factibilidad técnica, se otorgará un plazo de 5 días a la defensa, para que informe la factibilidad del monitoreo telemático, de lo contrario, se procederá a fijar audiencia para debatir la forma de cumplimiento o control a su respecto, y en el evento que la pena corporal le sea intensificada o revocada o se ordene su cumplimiento de manera efectiva, se deja expresa constancia que el imputado registra 2 días de abonos a su favor, que corresponde a los días que estuvo privado de libertad por ocasión de la presente causa . III. Que, se dispone, además, de conformidad con lo previsto en el art. 9° letra b) de la Ley 20.066, la pena accesoria de la Prohibició

Fallo

SE DECLARA: I. Que, se condenan a don VÍCTOR MANUEL ZAPATA CARRASCO, cédula nacional de identidad N° 0016845007-9, lo demás ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, ilícito previsto y sancionado en el artículo 296 n° 3 del Código Penal, en relación con el art. 5° de la Ley 20.066, ilícito cometido en territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 20 de noviembre del año 2024, a sufrir la pena corporal de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y accesoria legal de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Que, la pena corporal que se ha impuesto será sustituida por la de RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNA, debiendo computarse una noche de privación de libertad por cada día que ha sido condenado el imputado, debiendo quedar recluido entre las 22:00 y las 06:00 horas del día siguiente, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social dentro de quinto día que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada. Teniendo en consideración que no existe en este momento informe de factibilidad técnica, se otorgará un plazo de 5 días a la defensa, para que informe la factibilidad del monitoreo telemático, de lo contrario, se procederá a fijar audiencia para debatir la forma de cumplimiento o control a su respecto, y en el evento que la pena corporal le sea intensificada o revocada o se ordene su cumplimiento de manera efectiva, se deja expresa constancia que el imputado

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Juicio Oral Simplificado. Fecha San Carlos., veintiséis de marzo de dos mil veinticinco Magistrado PAOLA ROJAS LABARCA Fiscal PABLO FRITZ HOCES Defensor PÍA ESPINOZA GARCÉS Víctima DAYANA GARCÍA PARRA Hora inicio 01:36PM Hora termino 01:51PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de San Carlos Acta Pnúñez RUC 2401420841-7 RIT 2653 - 2024 Actuaciones efectuadas

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