SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA REGION DE LOS LAGOS/ALMONACID
Rol
C-35-2021
Fecha
4 de octubre de 2021
Materia
PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Con fecha 24 de mayo de 2021, comparecen Odlanier Yerko Rubilar Hohmann, cédula nacional de identidad N° 16.804.994-3, funcionario y fiscalizador, Martin Guillermo Plencovich Charles, cédula nacional de identidad N° 7.052.476-7, abogado, Katty Daniela Morales Vera, cédula nacional de identidad N° 14.221.427-k, abogada, Graciela Elizabeth Yunge Hidalgo, cédula nacional de identidad N° 15.318.057-1, abogada; y Mariela Soledad Zurita Seguel, cédula nacional de identidad Nº14.215.962-7, abogada, todos funcionarios del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, domiciliados en calle Talca N° 60, tercer piso, de la ciudad y comuna de Puerto Montt, y para efectos del artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, domiciliados en Carretera Austral, Km 55, quienes interponen denuncia en contra de don HUGO ARIEL ALMONACID GUTIÉRREZ, se desconoce profesión u oficio, cédula nacional de identidad N° 13.966.817-0, domiciliado en Carretera Austral Km. 45, de la comuna de Puerto Montt, por transportar 2.850 kilogramos de recurso cholga (aulacomya atra) sin acreditar origen legal, infringiendo el artículo 65 de la Ley General de Pesca y Acuicultura. A folio 12 se llevó a cabo el comparendo de rigor. A folio 14 se citó a las partes a oír sentencia
Fundamentos
Considerando: Primero: Que comparecen Odlanier Yerko Rubilar Hohmann, Martin Guillermo Plencovich Charles, Katty Daniela Morales Vera, Graciela Elizabeth Yunge Hidalgo y Mariela Soledad Zurita Seguel, todos funcionarios del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, quienes interponen denuncia en Foja: 1 contra de HUGOARIEL ALMONACID GUTIÉRREZ, cédula nacional de identidad N° 13.966.817-0, indicando que el día jueves 18 de marzo de 2021 a las 20:00 horas, el Servicio, a través de funcionarios de la oficina Contao, en un procedimiento de fiscalización a medios de transporte en Carretera Austral kilómetro 55, sector Contao, junto a Carabineros de Chile integrantes del retén de la misma localidad, inspeccionó el camión marca Mercedes Benz modelo ATEGO, año 2008, patente BG-DK-30, en cuya bodega de carga se transportaba un total de 150 mallas de nylon que contenían recurso cholga (aulacomya atra). En acuerdo con el fiscalizado y denunciado de autos, se estimó que el peso promedio de cada malla del recurso hidrobiológico aludido era al menos 25 kilogramos.
Fallo
Por tanto, el total de la carga transportada se cuantificó en 3.750 kilogramos de cholga. Al consultar a don Hugo Ariel Almonacid Gutiérrez por la documentación requerida para acreditar el origen de dichos recursos se advirtió que la mayor parte de la carga era transportada infringiendo las disposiciones que regulan tal actividad. En suma, no fue posible acreditar durante la fiscalización el origen legal de 2.850 kilogramos de cholga contenidas en el vehículo conducido por el denunciado. Indicaron que al momento de dicha fiscalización el denunciado se constituye como responsable de la carga que en ese momento se encontraba dentro del camión marca Mercedes Benz modelo ATEGO, año 2008, patente BG- DK-60. En virtud de lo dispuesto anteriormente, se cursó la citación N° 126613. A juicio del denunciante, los hechos anteriormente descritos constituyen una infracción a lo dispuesto en los artículos 107 de la Ley General de Pesca y Acuicultura (en adelante LGPA), 109 letra b LGPA, 65 inciso primero LGPA, en relación con la Resolución Exenta N° 1340 del 08 de julio de 2020 de la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura, que establece el procedimiento de acreditación de origen legal de recursos hidrobiológicos y sus productos derivados. La conducta descrita y objeto de la presente denuncia, esto es, transportar 2.850 kg. de recurso cholga sin acreditación de origen legal, se encuentra sancionada por el art. 116 de la LGPA. Segundo: Que compareció ante la presencia judicial el denunciado
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Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Hualaihue CAUSA ROL : C-35-2021 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA REGION DE LOS LAGOS/ALMONACID Hualaihue, cuatro de Octubre de dos mil veintiuno Visto: Con fecha 24 de mayo de 2021, comparecen Odlanier Yerko Rubilar Hohmann, cédula nacional de identidad N° 16.804.994-3, funcionario y f
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