Juzgado de Garantía de Curicó

M.P. C/ MAXIMILIANO ANDRÉS NEIRA LEIVA

Rol

O-1887-2025

Fecha

25 de marzo de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 24 de marzo del 2025 a las 19:00 horas aproximadamente el imputado Maximiliano Neira Leiva se dirigió hasta el supermercado Jumbo ubicado en O'Higgins 201 de esta comuna de curicó, lugar en el cual con ánimo de lucro y sin la voluntad de dueño procedió a sustraer especies dado que procedió a tomar una bolsa multiuso del supermercado en el cual ocultó cuatro champoo tío Nacho, un acondicionador argán, 2 enjuague bucal Listerin, un champoo argán y seis pastas dentales en sensodyne llevando además unas bebidas, al llegar a la caja registradora el imputado solamente Cancela por las bebidas en tanto que las cosas que mantenía en la bolsa no fueron canceladas traspasando lineal de seguridad las cajas registradoras sin realizar la cancelación de los productos en virtud de lo cual fue detenido cuando abandonaba el supermercado. El avalúo de las especies sustraídas asciende a la suma de $137.620.” S E D E C L A R A: I).- Que, SE CONDENA a don MAXIMILIANO ANDRÉS NEIRA LEIVA, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de Hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional, el día 24 de marzo del 2025, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más las accesorias legales del artículo 30 del cuerpo de normas citado, esto es, LA SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, al pago de una MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II).- Que, atendido el tiempo que el imputado ha estado privado de libertad en esta causa, a saber, entre el día 24 y 25 de marzo del 2025, la pena multa se dará POR CUMPLIDA.- Código: EETWXTJUGXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III) Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado MAXIMILIANO ANDRÉS NE

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó., veinticinco de marzo de dos mil veinticinco Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado MAURICIO ANDRES ARAVENA GAJARDO Imputado MAXIMILIANO ANDRÉS NEIRA LEIVA C.I. 0018105815-3 Fecha de Nacimiento 29/10/1992 Dirección POB. SANTA FE, Calle ISLA JUAN FERNANDEZ Nº 1834, Curicó DELITO Hurto simple. Participación Autor Grado desarrollo Consu

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