Juzgado de Garantía de San Bernardo

MP C/ GASTÓN ANDRÉS ARRIAZA ROMO

Rol

O-6428-2022

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: La presente investigación se inició por información que daba cuenta respecto de la comercialización de droga por parte de un sujeto identificado como Jorge GALLARDO FICA, apodado el “Koke”, con domicilio particular en calle Gerardo Besoain N° 1896, de la comuna de San Bernardo, el cual, se dedicaría a distribución y venta de droga, agregando, que la droga la ocultaría en un domicilio a escasos metros de su vivienda, específicamente en el domicilio de un sujeto apodado el “Chico Pablo”. Por otra parte, Jorge GALLARDO distribuye droga a otros inmuebles de la comuna de San Bernardo, particularmente se menciona un domicilio situado en las intersecciones de las calles Maestranza con Freire, de esta comuna. Durante la investigación, se realizaron vigilancias discretas y se utilizó la técnica de agente revelador, pudiendo establecer que, en diversos domicilios ubicados al interior de dicho sector, se comercializaba droga por parte de los imputados. En efecto, el día 05.JUL.022, siendo las 17:00 horas aproximadamente, el agente revelador designado realizó una compra de droga en el domicilio ubicado en calle Maestranza N° 485, comuna de San Bernardo; venta realizada por el imputado Gastón Andrés ARRIAZA ROMO, quien efectuó la venta de cuatro (04) envoltorios Código: TEXPXTHXJYP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de papel blanco cuadriculado, contenedores de Cocaína base, con un peso bruto 1,14 gramos (Cadena de Custodia N° 6357700), a cambio de $ 4.000 (cuatro mil pesos), sustancia que saco desde el interior del inmueble, haciéndole entrega de la misma en sus manos al agente revelador, para posteriormente retirarse a las inmediaciones del lugar. Posteriormente, el mismo día 05.JUL.022 a las 17:15 horas aproximadamente, el agente revelador designado realizó una segunda compra de droga en el domicilio ubicado en calle Gerardo Besoain N° 1896, comuna de San Bernardo; venta realizada por el imputado Jo

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena A JORGE GALLARDO FICA y GASTÓN ANDRÉS ARRIAZA ROMO, ya individualizados, en su calidad de autores del delito consumado de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, ilícito previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el 1 de la ley 20.000, por los hechos ocurridos en esta jurisdicción con fecha 22 de julio de 2022, a sufrir la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria del artículo 28 del Código Penal, esto es, la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y el pago de una multa de TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, cada uno, las cuales deberán pagar en cuotas iguales mensuales y sucesivas de una Unidad Tributaria mensual, comenzando a pagarlas a partir de los últimos cinco días del mes siguiente a aquel en que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. II.- Que, no reuniéndose en este caso los requisitos de la ley 18.216, deberán dar CUMPLIMIENTO EFECTIVO, reconociéndose en abono a las penas impuestas, el tiempo que han permanecido privados de su libertad por esta causa, desde el 23 de julio de 2022, a la fecha de dictación de esta sentencia, ascendente a novecientos setenta y ocho Código: TEXPXTHXJYP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl (978) días en prisión preventiva que deberán descontarse del cumplimiento d

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Imputado : GASTÓN ANDRÉS ARRIAZA ROMO, cédula de identidad N° 0015398672-K, nacido el 29 de julio de 1982, ignoro profesión u oficio, con domicilio en calle MAESTRANZA N° 464, Población Angel Guarello, comuna de San Bernardo. Imputado : JORGE ELÍAS GALLARDO FICA, cédula de identidad N° 001

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