13º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JOAQUÍN EDUARDO AHUMADA FERNÁNDEZ

Rol

O-3998-2023

Fecha

27 de marzo de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día 10 de octubre de 2023, a las 16:30 horas aproximadamente, en calle Huamalpaca intersección calle Manuel Sánchez de la comuna de Macul, Joaquín Eduardo Ahumada Fernández, fue sorprendido por Carabineros, teniendo en su poder 5 bolsas transparentes contenedoras de una sustancia vegetal de color verde, la que al ser sometida a la prueba de campo respectiva arrojó coloración positiva a la presencia de Cannabis Sativa, con un peso bruto de 5 gramos y 40 miligramos, a su vez, portaba al interior de un banano de color negro, 2 bolsas transparentes contenedoras de un polvo de color rosado, sustancia que al ser sometida a la prueba de campo, arrojó coloración positiva a la presencia de Ketamina, con un peso bruto de 940 miligramos de dicha sustancia y 1 pastilla de color rosado, que al ser sometida a la prueba de campo, arrojó coloración positiva a la presencia de MDMA, además de 92 bolsas transparentes contenedoras de un polvo de color blanco, sustancia que al ser sometida a la prueba de campo, arrojó coloración positiva a la presencia de pasta base de cocaína, con un peso bruto de 100 gramos de dicha sustancia. El imputado al interior del banano ya mencionado, portaba $133.500 pesos, en monedas y billetes de diferente denominación, principalmente monedas de $100 y $500. Este no contaba con autorización emanada de la autoridad competente para el porte o posesión de dichas sustancias, como asimismo tampoco justificó que estuviesen destinadas a la atención de un tratamiento médico. Delito y grado de desarrollo Trafico de pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4°de la ley 20000, consumado Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Atenuantes 11 Nº 9 Código PenalCircunstancias modificatorias Agravantes No hay Código: GRKLXTGHXWP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don JOAQUÍN EDUARDO AHUMADA FERNÁNDEZ, ya individualizado en la audiencia,

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don JOAQUÍN EDUARDO AHUMADA FERNÁNDEZ, ya individualizado en la audiencia, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa a beneficio de senda de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a la pena del COMISO de la especie incautada, como autor del delito consumado de Trafico de pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4°de la ley 20000, hecho ocurrido el día 10 de octubre de 2023, en la comuna de Macul, sin costas. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, por no reunirse respecto del sentenciado, los requisitos de la ley 18.216, la pena deberá cumplirla en forma efectiva con abono de todo el tiempo que ha estado ininterrumpidamente privado de libertad con motivo de ésta causa que serían 533 días. III. Se ordena la inclusión de la fuella genética del sentenciado en el Registro de Condenados conforme a lo dispuesto en el artículo 17 letra a) de la Ley 19.970. IV. La pena de multa se le da por cumplida con el día de la detención que fue el día 10 de octubre de 2023 Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la res

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TRIBUNAL : 13 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2301098556-0 RIT : 3998 - 2023 IMPUTADO : JOAQUÍN EDUARDO AHUMADA FERNÁNDEZ Cédula de Identidad : 0016924137-6 Nacionalidad : chileno Fecha de nacimiento : 08-08-1988 Domicilio : Calle EXEQUIEL FERNANDEZ Nº 2930, Macul Defensor part. : CARLOS ENRIQUE FIERRO HINOJOSA PROCEDIMIENTO : abreviado Fecha de sentencia : veintisiete de marzo de dos mil ve

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