Juzgado de Garantía de Curicó

M.P. C/ JOWEL JESUS DAMICO LOPEZ

Rol

O-4034-2024

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS : El día 28 de junio de 2024 aproximadamente a las 07:50 horas, en circunstancias que la víctima, Patricia Fernanda Norambuena Dueñas, se trasladaba en su bicicleta marca Trek modelo Marlin 5, color gris con turquesa, aro 26, a su lugar de trabajo por Avenida Freire de esta ciudad, y al llegar al paso nivel de la misma Avenida fue interceptada por los imputados Jhonson Camacho Infante y Jowel Jesús Damico López, siendo uno de ellos que toma el manubrio de la bicicleta, cayendo al piso la víctima, arrastrándola por un metro aproximadamente para sustraer la misma, y el otro extrae desde su vestimenta al parecer un arma de fuego, con la cual la intimida, gritándole: “Entrega el celular”, ante lo cual la víctima no pone resistencia, entregando el teléfono iPhone 11, color lila floreado y una mochila que portaba, los cuales huyen con la especia en su poder en dirección a Calle Regional, siendo auxiliado por Código: LXFXXTQGEWP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl transeúntes, llamando a Carabineros, denunciando los hechos, por lo que personal se constituye en el domicilio ubicado en Villa Colón, Pasaje Caracas N°230, de esta ciudad, donde los imputados fueron retenidos por el dueño del inmueble al enterarse del delito cometido, siendo encontradas las especies en el lugar, la bicicleta y el teléfono celular, la mochila quedó botada metros más en el lugar de los hechos. A consecuencia de los hechos, la víctima resultó con esguince y torcedura de tobillo grado 1 y 2, de carácter grave de acuerdo al dato de atención de urgencia del SAR Bombero Garrido de esta ciudad. SE DECLARA: I) Que, SE CONDENA a don JOWEL JESUS DAMICO LOPEZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de ROBO CON VIOLENCIA CALIFICADO CON RESULTADO DE LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 433 N°3 en relación con el Artículo 397 N°2 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, com

Fallo

SE DECLARA: I) Que, SE CONDENA a don JOWEL JESUS DAMICO LOPEZ, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de ROBO CON VIOLENCIA CALIFICADO CON RESULTADO DE LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 433 N°3 en relación con el Artículo 397 N°2 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional el día 28 de junio de 2024 en perjuicio de doña Patricia Fernanda Norambuena Dueñas, a sufrir la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, más las accesorias legales del artículo 28 del cuerpo de normas citado, esto es, LA INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA PARA CARGOS PÚBLICOS Y DERECHOS POLÍTICOS Y LA INHABILITACIÓN ABSOLUTA PARA PROFESIONES TITULARES MIENTRAS DURE LA CONDENA. II) Que, SE CONDENA a don JHONSON ANDRES CAMACHO INFANTE, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de ROBO CON VIOLENCIA CALIFICADO CON RESULTADO DE LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 433 N°3 en relación con el Artículo 397 N°2 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional el día 28 de junio de 2024 en perjuicio de doña Patricia Fernanda Norambuena Dueñas, a sufrir la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, más las accesorias legales del artículo 28 del cuerpo de normas citado, esto es, LA INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA PARA CARGOS PÚBLICOS Y DERECHOS POLÍTICOS Y LA INHABILITAC

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha Curicó, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado BASTIAN ANDRÉS HABIB GONZALEZ Imputado JOWEL JESUS DAMICO LOPEZ Cédula de identidad 28.471.734-1 Fecha de nacimiento 28 de junio de 2005 Profesión u oficio Trabajador Dirección Pasaje Caracas N°230, Villa Colón, Curicó Delito ROBO CON VIOLENCIA CALIFICADO

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