Juzgado de Garantía de Puerto Montt

GABRIEL ALEJANDRO CONTRERAS ALVARADO C/ FREDDY ORTIZ ZAMORA

Rol

O-9816-2024

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 50, 67 y 70 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 110, 196 y 209 de la ley 18.290; artículo 7 y 8 de la ley 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA a FREDDY ORTIZ ZAMORA, RUN N° 25.797.886-9, ya individualizado, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños en perjuicio de la víctima Carlos Rafael Sarmiento Ramirez y sin haber obtenido licencia de conducir, cometido en Puerto Montt el día 21 de febrero de 2024, a la PENA de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PERSIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la PENA de MULTA de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la PROHIBICIÓN de CONDUCIR, OBTENER y/o RENOVAR licencia de conducir o duplicado de la misma, por el término de CINCO AÑOS, a continuación de la accesoria dispuesta en causa Rit 7853-2023. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 7° de la Ley 18.216, se le APLICA la medida sustitutiva de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, entre las 22:00 horas de un día y las 06:00 del día siguiente, en su domicilio ubicado en CALLE AVELINO BRAVO, N°171, POBLACIÓN SÉPTIMO DE LÍNEA DE PUERTO MONTT, la cual deberá ser fiscalizada a través de Gendarmería de Chile, sujeto

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 50, 67 y 70 del Código Penal; artí

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