Juzgado de Garantía de La Calera

MP FISCALIA LOCAL C/ DYLAN ANTHONY MONTENEGRO LEIVA

Rol

O-2362-2019

Fecha

24 de marzo de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A., ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: ” El 22 de octubre de 2019, a las 15.45 horas aproximadamente, los acusados Jorge Ortiz Leiva, Rodrigo Jofré Herrera y Dylan Montenegro Leiva, se dirigieron a bordo del vehículo placa patente única JYBT-46, marca Kia, modelo Rio, hacia el servicentro Copec ubicado en la ruta 5 Norte a la altura del kilómetro 103, Hijuelas, lugar en donde los tres descienden del vehículo, y el acusado Rodrigo Jofre, utilizando un elemento contundente fracturó el vidrio trasero del vehículo PPU KJBW- 77, de propiedad de Cristian Suarez, sustrayendo los tres acusados desde el interior, las siguientes especies: 1.- Un notebook marca Dell. 2.-Un contenedor de tratamiento para la obesidad marca saxeda. 3.- Un mouse marca Genius. 4.- Una batería externa. Todo avaluado en la suma de un millón quinientos mil pesos. Con las especies en su poder huyeron a bordo del vehículo conducido por Jorge Ortiz silva hasta que fueron interceptados por Carabineros en la ruta 5 norte, sector hijuelas con las especies en su poder. Con las pericias posterior realizadas por Carabineros, lograron determinar que el vehículo conducido por el acusado Jorge Ortiz Silva mantenía encargo por robo, lo conducía con una placa patente única perteneciente a otro vehículo y con los documentos del vehículo falsificados. Los tres acusados conocían, o no podían menos que conocer el hecho de que el vehículo en el cual se movilizaban era robado.” VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Código: FYTEXTBXPEP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°,3, 5, 7, 11 nº 9, 15 N° 1, 30, 50, 70, 443, 456 bis a todos del Código Penal; lo señalado en el artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal y lo dispuesto en la Ley 1

Fallo

se declara: I.- Se condena a DYLAN ANTHONY MONTENEGRO LEIVA, Cédula Identidad 0020146058-1, ya individualizado, por ser autor de los delitos de receptación de vehículo motorizado y Robo en bienes nacionales de uso público, hechos ocurridos el día 22 octubre de 2019, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, en la comuna Hijuelas, a sufrir la pena única, tres (3) años y un (1) día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales generales, sin costas de la causa. II.- Que la pena corporal impuesta será cumplida de manera efectiva, privado de libertad en centro de Gendarmería de Chile, sirviendo de abono todo el tiempo que ha estado privado de libertad en esta causa. Pasen los antecedentes al Ministro de Fe a fin de que certifique los abonos. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por haber aceptado responsabilidad en este caso, evitando los gastos ocasionados con ello. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Código: FYTEXTBXPEP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC N° 1901143601-6 RIT N° 2362 – 2019 PRONUNCIADA POR ROBERTO PABLO LIZANA MORA, JUEZ DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE LA CALERA. rtb. Código: FYTEXTBXPEP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-26T11:36:30-0300

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO La Calera, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. Hechos: ” El 22 de octubre de 2019, a las 15.45 horas aproximadamente, los acusados Jorge Ortiz Leiva, Rodrigo Jofré Herrera y Dylan Montenegro Leiva, se dirigieron a bordo del vehículo placa patente única JYBT-46, marca Kia, modelo Rio, hacia el servicentro Copec ubicado en la ruta 5 Norte a la altura d

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