Juzgado de Letras y Garantía de Laja

MINISTERIO PUBLICO C/ NICOLÁS MARCOS IGNACIO CUEVAS ERICES

Rol

O-141-2025

Fecha

25 de marzo de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT 141 – 2025 RUC 2500399149-3 Código: XVGCXTPXHVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por doña PAOLA ROXANA BARRA GONZALEZ, Juez Suplente del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Laja. Código: XVGCXTPXHVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-25T16:01:12-0300

Fundamentos

CONSIDERANDO: RESOLUTIVO

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 11 N°6, 25, 26, 30, 50, y siguiente, 67, 68 Y siguientes, 442, y 432 del Código Penal, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículo 3, 4, 5 y 38 de la ley 18216, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a NICOLÁS MARCOS IGNACIO CUEVAS ERICES, cédula de identidad N°19.900.170-1, ya individualizado, a las penas de treinta y un días de prisión en su grado medio, y a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público, mientras dure la condena conforme al artículo y treinta del Código Penal, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del delito FRUSTRADO de robo con fuerza en las cosas, perpetrado en la comuna de Laja el día 25 de marzo del año 2025. Código: XVGCXTPXHVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos de los artículos 4° y siguientes de la ley 18.216 se impone al sentenciado la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, debiendo someterse a la observación y vigilancia de Gendarmería de Chile del Centro de Reinserción Social de Los Ángeles, por el término de un año. III.- Atendido además eh lo solicitado por la defensa, el tribunal tiene en consideración lo dispuesto en el artículo 38 de la ley 18216 se ordena oficiar al servicio de registro civil e identificación a fin de que omita de los antecedentes de don Nicolás Marco Ignacio Cuevas Erices la presente resolu

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Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Laja., veinticinco de marzo de dos mil veinticinco Magistrado PAOLA ROXANA BARRA GONZALEZ Fiscal MARIA GEMITA ROJAS RAVANAL Defensor FERNANDA STUARDO ROMERO Hora inicio 12:47PM Hora termino 01:38PM Sala AUDIENCIA GARANTIA Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Laja Acta WCT RUC 2500399149-3 RIT 141 - 2025 Individualizaciones inter

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