Juzgado de Garantía de la Serena

MP C/ MARÍA JOSÉ TORRES ARENAS

Rol

O-722-2025

Fecha

25 de marzo de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos “El día 27/01/2025 a las 13:54 horas aproximadamente, al interior del supermercado Jumbo ubicado en parcela 69, ruta 5 norte, vega Sur, La Serena, la imputada María José Torres Arenas, sustrajo y se apropió de productos de fiambrería de propiedad del supermercado, 02 chocolates, 01 desodorante para auto, avaluados en la suma de $40.412.- para luego traspasar el lineal de cajas sin pagar su valor, siendo sorprendida por personal de seguridad”.- POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia absolutoria, quedando los

Fundamentos

considerandos grabados íntegramente en el registro de audio N° 2500128674-1-929-250325-00-24- SENTENCIA, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. VISTOS Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 432 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 348, 349, 350, 351, 352, 353, 354, 388, 389, 390, 391, 392, 393, 394, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 2500128674-1 RIT Nº: 722 - 2025 DELITO: Hurto simple por un valor de media a menos de 4 UTM. SENTENCIADA: MARÍA JOSÉ TORRES ARENAS Código: JCZPXTFYKTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, SE ABSUELVE a la ciudadana MARÍA JOSÉ TORRES ARENAS, cédula nacional de identidad N° 18.710.483-1, ya individualizada, de los cargos formulados por el Ministerio Público, como autora de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado frustrado, supuestamente acaecido en esta comuna, el día veintisiete de enero del año dos mil veinticinco. II.- Que, no se condena al Ministerio Público al pago de las costas de la causa, por haber tenido motivo plausible para litigar. Anótese, regístrese y ejecutoriada que sea esta sentencia; archívese. Dictada por don Pedro Álvaro Rojas Castro, Juez Titular del Juzgado de Garantía La Serena. Código: JCZPXTFYKTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-25T14:31:32-0300

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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, veinticinco de marzo de dos mil veinticinco Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Pedro Álvaro Rojas Castro Fiscal Juan Torrejón Silva Defensora Paula Pérez Salinas Imputada María José Torres Arenas, cédula nacional de identidad N° 18.710.483-1, chilena, ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Robinson Olivares N° 410, sector El Llano, comuna

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