5º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ BRYAN JACOB ALEXANDER PARRA CELIS

Rol

O-141-2024

Fecha

26 de marzo de 2025

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día diecisiete de marzo último, en la sala del Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por los magistrados doña Andrea Coppa Hermosilla, quien presidió la audiencia, don Christian Carvajal Silva y doña María Carolina Hernández Muñoz, los dos primeros titulares de este tribunal y la última, suplente del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, subrogando legalmente, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RUC 2200172654-8, seguida por el delito de porte y tenencia ilegal de arma de fuego y de porte y tenencia ilegal de municiones, ilícitos previstos y sancionados en el artículo 9 de la Ley 17.798, en grado de desarrollo consumado y para establecer la participación que en estos hechos pudo haber correspondido a Bryan Jacob Alexander Parra Celis, Cédula Nacional de Identidad N° 18.740.591-2, natural de Santiago, nacido el día 27 de junio de 1994, 30 años de edad, soltero, obrero de la construcción según sus dichos, domiciliado en Pasaje Dalila N° 3050, de la población Villa General Baquedano, en la comuna de Maipú. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal adjunto don José Roberto Solís Ñancucheo, con domicilio y forma notificación ya registrados en el Tribunal. La defensa del acusado fue ejercida por el Defensor Penal Privado don Claudio Cofré Soto, también con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. Código: CNKJXTPXFXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL QUINTO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO 2 SEGUNDO: Acusación fiscal. La acusación del Ministerio Público tuvo por fundamento la siguiente relación de hechos, según se señala en el auto de apertura: “Que el día 21 de febrero del años 2022, aproximadamente a las 12:00 horas, en circunstancias que funcionarios policiales de la Bicrim Maipú, realizaban patrullajes preventivos en la población Baquedano de la comuna de Maipú, al llegar a la intersección de calle Atila con calle Dalila, en la comuna de Maipú, sorprenden al imputado Bryan Jacob Alexander Parra Celis, manteniendo, poseyendo en su esfera de resguardo, al interior del vehículo, placa patente GRSR.15 una pistola, marca Famae, calibre .25, de color gris, serie 15352, con su respectivo cargador y 50 cartuchos balísticos calibre .25, todos ellos aptos para el disparo, sin contar el imputado, con autorización de la autoridad competente para el porte, posesión o tenencia del arma de fuego y munición incautada”. El persecutor alega que hechos descritos configuran delito posesión ilegal de arma de fuego y posesión ilegal de municiones, ilícitos previstos y sancionados en el artículo 9 de la Ley 17.798, en grado de desarrollo consumado y atribuyéndole participación en calidad de autor al tenor del artículo 15 N°1 del Código Penal. No concurriendo en su concepto circunstancias modificatorias de responsabilidad

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 14, 15 N° 1, 18, 21, 24, 28, 29, 31, 67, 69 y demás pertinentes del Código Penal; 4, 45, 47, 295, 297 y siguientes y 340, 342, 344, 346, 348 y demás pertinentes del Código Procesal Penal; artículos 2, 3, 13, 14 y demás pertinentes de la Ley 17.798 y artículo 593 del Código Orgánico de Tribunales; se declara: I.- Que, se CONDENA a BRYAN JACOB ALEXANDER PARRA CELIS, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de porte y tenencia ilegal de arma de fuego, hecho ocurrido en la comuna de Maipú el día 21 de febrero de Código: CNKJXTPXFXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL QUINTO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO 18 2022, ello sin costas por las razones señaladas en el basamento noveno que antecede. II.- Que, se CONDENA a BRYAN JACOB ALEXANDER PARRA CELIS, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el término de la condena, como autor del delito de porte y tenencia ilegal de municiones, hecho ocurrido en la comuna de Maipú el día 21 de febrero de 2022, el

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PODER JUDICIAL QUINTO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO 1 C/ BRYAN JACOB ALEXANDER PARRA CELIS PORTE Y TENENCIA DE ARMA DE FUEGO Y PORTE DE MUNICIONES ROL ÚNICO: 2200172654-8 RIT Nº: 141-2024 Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día diecisiete de marzo último, en la sala del Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santia

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