Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysen

MP C/ CARLOS RAÚL SOTO MAYORGA

Rol

O-843-2023

Fecha

24 de marzo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y haber evitado la realización de un juicio. VII.- Se deja constancia que debe certificarse lo que corresponda para efectos de que se abone a la suspensión de licencia que se ha decretado el tiempo que se ha mantenido retenida la licencia de conducir en dependencias de Fiscalía. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes por encontrarse presentes quedan notificados personalmente de la Sentencia. ANÓTESE, REGÍSTRESE, DESE CUENTA EN LAS ESTADÍSTICAS MENSUALES Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. Audiencia: Respaldada en registro de audio, siendo éste el medio oficial donde se encuentran íntegramente los

Fundamentos

fundamentos vertidos por las partes.- Dictada por DALIA DEL CARMEN ILLEZCA CARRASCO, Jueza Titular del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Puerto Aysén. Código: WXXDXTXYCQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-25T12:18:49-0300

Fallo

Se declara legal la detención.  Encontrándose el imputado con orden de detención vigente, se ordena despachar la respectiva contra orden de detención y se deja sin efecto la audiencia de rebeldía del imputado.  Se da lectura a los requerimientos en causa RIT 843-2023 y 17-2024.  El imputado admite responsabilidad en los hechos.  Se deja constancia que la presente causa se realiza de manera conjunta con la causa RIT 17-2024, respecto del mismo imputado, dictándose una sentencia, procediéndose para efectos de sistema a acumularse, quedando para todos los efectos legales vigente causa RIT 843-2023. Sentencia: El Tribunal dicta sentencia, la cual se encuentra íntegra en el registro de audio, ordenando trancribir sólo lo resolutivo de la misma: Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos, 1, 14, 15, 30, 67 y siguientes del Código Penal, artículos 297, 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216 y Ley 18.290, SE DECLARA: I.- Que, se condena a don CARLOS RAÚL SOTO MAYORGA, cédula de identidad 15.965.265-3, ya individualizado, como autor del delito de conducción Código: WXXDXTXYCQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Unidad de Garantía bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, hecho ocurrido en esta comuna el 10 de junio del año 2023, a la pena de 41 DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, ACCESORIAS GENERALES, SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR

Texto Completo (Preview)

Unidad de Garantía Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Puerto Aisén, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco Magistrado DALIA DEL CARMEN ILLEZCA CARRASCO Fiscal PEDRO EMILIO POBLETE VIEJO Defensor ROBERTO CÉSAR SILVA JARA Hora inicio 10:57AM Hora termino 11:18AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysen Acta ltm RUC 2300633647-7 /240002656

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