CRISTIAN ESTEBAN VALDES VASQUEZ C/ OSCAR GUSTAVO HOROSTICA ZURITA
Rol
O-1276-2024
Fecha
21 de marzo de 2025
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO además lo dispuesto por los artículos 1, 2, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 49, 67, 473, todos estos del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que SE CONDENA a don OSCAR GUSTAVO HOROSTICA ZURITA ya individualizado, como autor del delito consumado de estafa residual, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, perpetrado en Talca el día 25 de septiembre del año 2023, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de 5 unidades tributarias mensuales, pagadera en 5 parcialidades iguales, mensuales y sucesivas de una unidad tributaria mensual cada una a partir del mes siguiente en que la presente sentencia quede firme o ejecutoriada. II.- Que habida consideración el análisis que se ha hecho de las exigencias objetivas y subjetivas del artículo 4 y siguientes de la ley 18.216, por no concurrir los requisitos para acceder a alguna de las penas sustitutivas, el cumplimiento de la pena privativa de libertad habrá de ser efectivo, sin abonos que considerar. III.- Se exime del pago de las costas por haber admitido responsabilidad, evitando con ello la realización de un juicio extenso que hubiere irrogado al Estado mayores costos. Regístrese, notifíquese y ejecutoriado dese cumplimiento con lo prescrito en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Código: VGLQXTVRYRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictó don VÍCTOR MANUEL ROJAS OYARCE, Juez de Garantía de Talca. RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES Tanto Ministerio Público y defensa renuncian a los plazos para interponer recursos legales, por lo anterior la sentencia queda firme con esta fecha. Habiendo renunciado ambos intervinientes a los recursos y términos legales, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Or
Fallo
Por estas consideraciones y VISTO además lo dispuesto por los artículos 1, 2, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 49, 67, 473, todos estos del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que SE CONDENA a don OSCAR GUSTAVO HOROSTICA ZURITA ya individualizado, como autor del delito consumado de estafa residual, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, perpetrado en Talca el día 25 de septiembre del año 2023, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de 5 unidades tributarias mensuales, pagadera en 5 parcialidades iguales, mensuales y sucesivas de una unidad tributaria mensual cada una a partir del mes siguiente en que la presente sentencia quede firme o ejecutoriada. II.- Que habida consideración el análisis que se ha hecho de las exigencias objetivas y subjetivas del artículo 4 y siguientes de la ley 18.216, por no concurrir los requisitos para acceder a alguna de las penas sustitutivas, el cumplimiento de la pena privativa de libertad habrá de ser efectivo, sin abonos que considerar. III.- Se exime del pago de las costas por haber admitido responsabilidad, evitando con ello la realización de un juicio extenso que hubiere irrogado al Estado mayores costos. Regístrese, notifíquese y ejecutoriado dese cumplimiento con lo prescrito en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad.
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado. Fecha Talca., veintiuno de marzo de dos mil veinticinco Magistrado VICTOR MANUEL ROJAS OYARCE Fiscal PAULO RODRIGUEZ MORALES POR LORETO MARGARITA ESCOBAR SILVA Víctima GINA PASTORA SALGADO NÚÑEZ, C.I 13.354.500-K (a través de videoconferencia) Defensor FRANCISCO PRIETO ARAYA POR JAIME JOSÉ EUGENIO PAIVA FERRADA Hora inicio 10:39AM Hora
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