Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota

C/ BRAYAN ONNEYL MUÑOZ VEGA

Rol

O-255-2024

Fecha

21 de marzo de 2025

Materia

CULTIVO ESTUPEFACIENTES/FALSIFIC RECETAS ART. 8 LEY N 20.000, OTROS DELITOS DE LA LEY DE CONTROL DE ARMAS (LEY 17.798), POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1, TRAFICO DE ARMAS (ART. 10)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos de la acusación los siguientes: “En la presente investigación se ha podido establecer una estructura criminal formada por 4 sujetos que se dedican a la adquisición, modificación y posterior venta de armas a fogueo, las cuales son modificadas en su estructura y funcionamiento para funcionar como armas de fuego con munición convencional, por lo general calibre .380, las que luego son vendidas en el mercado ilícito a distintos receptores. Es así como, con fecha 10 de Julio de 2023, personal policial del OS9 de Carabineros de Chile de Valparaíso, utilizando la red social Facebook, abierta al público, específicamente el Marketplace, sitio del orden social donde cualquier persona puede comprar o vender diferentes tipos de artículos, con diversas imágenes publicadas y nombres asociados a cualquier perfil, en búsqueda principalmente, de armas de fuego a la venta en esta red social, y detectó una Código: LNQXXTRMZJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 publicación que llamó la atención del personal investigador ya que mencionaba “3.0.8”, asociando esta información, por su experiencia y conocimiento, a la venta de una posible arma de fuego o munición de calibre .380, arma que era ofrecida por el perfil de nombre Onneyl Brayan, quien fue individualizado posteriormente como Brayan Onneyl Muñoz Vega. Con estos antecedentes, la Fiscalía, con fecha 17 de Julio de 2023, designó un agente encubierto y/o revelador en la presente causa, y se realizaron diversas diligencias discretas, en el domicilio de Brayan Onneyl Muñoz Vega, ubicado en el Pasaje N, N° 941, de la Población Los Paltos, de Quillota, verificando que el sujeto entraba y salía de ese domicilio, como también transitaba la madre de éste. Se estableció por la vía de las plataformas de Facebook y WhatsApp, una serie de comunicaciones entre esta persona, y el agente encubierto y/o revelador, con la finalidad de establecer la efectividad de la venta d

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, presidida por el Magistrado Sr. Lino Godoy Órdenes e integrada por las Magistrados Sra. Genoveva Matteucci Vega y Sra. Carolina Encalada Passalacqua, los días cinco, seis, siete, diez y once de marzo del año en curso se llevó a efecto la audiencia del juicio oral en causa RUC Nº2300540173-9, RIT N°255-2024, seguido en contra de Brayan Onneyl Muñoz Vega, cédula nacional de identidad N° 19.760.991-5, chileno, nacido el 23 de enero de 1998 en Quillota, de 27 años, enseñanza básica completa, se dedica a paisajismo, apodado “Flow bandito”, domiciliado en Pasaje N, N°941, Población Los Paltos, Quillota, representado por el abogado defensor penal particular don Manuel Tapia Vásquez con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal, y en contra de Guillermo Alejandro Cortés Siley, cédula nacional de identidad N° 20.529.907-6, nacido el 20 de octubre de 2000 en Quillota de 24 años, enseñanza media completa, maestro en construcción, apodado “Memo Siley”, domiciliado en Población Antumapu, pasaje Lincollán, casa 1135, Quillota, representado por el abogado defensor penal privado don Juan Pablo González Echeverría, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el fiscal de la unidad SACFI Carlos Rivas Asalgado; con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación: El Ministerio Público señaló como hechos de la acusación los siguientes: “En la presente investigación se ha podido establecer una estructura criminal formada por 4 sujetos que se dedican a la adquisición, modificación y posterior venta de armas a fogueo, las cuales son modificadas en su estructura y funcionamiento para funcionar como armas de fuego con munición convencional, por lo general calibre .380, las que luego son vendidas en el mercado ilícito a distintos receptores. Es así como, con fecha 10 de Julio de 2023, personal policial del OS9 de Carabineros de Chile de Valparaíso, utilizando la red social Facebook, abierta al público, específicamente el Marketplace, sitio del orden social donde cualquier persona puede comprar o vender diferentes tipos de artículos, con diversas imágenes publicadas y nombres asociados a cualquier perfil, en búsqueda principalmente, de armas de fuego a la venta en esta red social, y detectó una Código: LNQXXTRMZJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 publicación que llamó la atención del personal investigador ya que mencionaba “3.0.8”, asociando esta información, por su experiencia y conocimiento, a la venta de una posible arma de fuego o munición de calibre .380, arma que era ofrecida por el perfil de nombre Onneyl Brayan, quien fue individualizado posteriormente como Brayan Onneyl Muñoz Vega. Con estos antecedentes, la Fiscalía,

Fallo

se acuerda de su número de teléfono – del declarante- el vehículo era suyo, pero estaba a nombre de otra persona, era un Hyundai Sent. A su detención incautaron su celular el autorizó su revisión, no tenía patrón. El acusado Guillermo Alejandro Cortés Siley, optó por declarar señalando en su relato libre “los hechos si fueron así, yo participé, pero no tenía idea realmente a lo que iba, sí acompañé y cometí el error de intimidar al funcionario, yo solo actué, no tenía entendido a lo que iba ni que traficaba armas, ni nada en ese sentido, solo lo acompañé. De los dos robos con intimidación no recuerdo.” Interrogado por el fiscal respecto a que dijo que no sabía a lo que iba, dijo que le había dicho que iban a “cogotear”, es decir que iban a cometer un delito de robo con intimidación, de la estafa no sabía, ese día le conversó que lo acompañara a vender un arma, pero en el momento le dijo que iban a cogotear a la persona, el hombre me dijo que íbamos a vender un arma, y me dijo justo en ese momento que íbamos a cogotear. Consultado si antes había ayudado a Bryan en venta de armamentos, dijo que no recordaba. Se exhibió de la prueba ofrecida en la letra d) otros medios de prueba N°25, una captura de pantalla como N°3, describe que ve conversaciones, aparece nombre Bayan, como mensaje “para hacer el mismo trámite de la otra vez que vendi la pistola. Ya mano sipo. Pero ahora voy a cogotearlo. Tu quedai por allí no más mano yo hago todo le dire a Nachito que cruce el auto, estoy

Texto Completo (Preview)

1 MINISTERIO PÚBLICO QUILLOTA / BRAYAN ONNEYL MUÑOZ VEGA, GUILLERMO ALEJANDRO CORTÉS SILEY ROBO CON INTIMIDACION, TENENCIA ILEGAL DE ESPECIES VEGETALES DE GÉNERO CANNABIS, TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES, TENENCIA ILEGAL DE ARMAMENTO DE USO BÉLICO. RUC N°: 2300540173-9 RIT N°: 255-2024 Quillota, veintiuno de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinien

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica