Juzgado de Garantía de La Calera

MMPP C/ CRISTIAN PATRICIO RIQUELME JORQUERA

Rol

O-2225-2023

Fecha

18 de marzo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Que, el 09 de octubre de 2023 aproximadamente a las 04.00 horas de la madrugada, en la ruta F-366 de la comuna de La Cruz, el imputado CRISTIAN PATRICIO RIQUELME JORQUERA fue sorprendido por funcionarios de Carabineros conduciendo en estado de ebriedad, esto es, con 1.67 gramos de alcohol por mil en la sangre, sin haber obtenido licencia de conducir el vehículo marca Great Wall, placa patente única FXKX73, año 2013. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 7, 11 nº 6, 11 n°9, 14, 15 N° 1 del Código Penal; y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.290 y Ley 18216, se declara: I.- Se condena a CRISTIAN PATRICIO RIQUELME JORQUERA, Cédula Identidad 16.288.354-2, ya individualizado, a cumplir la pena de sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio (1/3) Unidad Tributaria Mensual, inhabilidad para obtener licencia de conducir por 2 años, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, Código: RRMQXTHLZJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por su participación como autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin obtener licencia de conducir, hecho ocurrido el día 09 de octubre del 2023, territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye la pena por la remisión condicional, debiendo someterse a la observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, esto es C.R.S. de Quillota, por el término de un año. Se fija fecha de presentación para el día 04 de abril del 2025, a las 10:00 horas.

Fallo

se declara: I.- Se condena a CRISTIAN PATRICIO RIQUELME JORQUERA, Cédula Identidad 16.288.354-2, ya individualizado, a cumplir la pena de sesenta y un (61) días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio (1/3) Unidad Tributaria Mensual, inhabilidad para obtener licencia de conducir por 2 años, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, Código: RRMQXTHLZJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por su participación como autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin obtener licencia de conducir, hecho ocurrido el día 09 de octubre del 2023, territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye la pena por la remisión condicional, debiendo someterse a la observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, esto es C.R.S. de Quillota, por el término de un año. Se fija fecha de presentación para el día 04 de abril del 2025, a las 10:00 horas. Se deja constancia que, para efectos de revocación, no tiene abonos que considerar. III.- Que, la pena de multa se tendrá por cumplida con el día que el imputado paso privado de libertad con motivo del control de detención, correspondiente al 09 de octubre del 2023. IV.- Que atendido lo dispuesto en el artículo 38 de la ley 18.216

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, a dieciocho de marzo de dos mil veinticinco. Hechos: Que, el 09 de octubre de 2023 aproximadamente a las 04.00 horas de la madrugada, en la ruta F-366 de la comuna de La Cruz, el imputado CRISTIAN PATRICIO RIQUELME JORQUERA fue sorprendido por funcionarios de Carabineros conduciendo en estado de ebriedad, esto es, con 1.67 gramos de alcohol por m

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