7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ LUIS HUGO QUIÑONES

Rol

O-4998-2024

Fecha

20 de marzo de 2025

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día 2 de mayo. de 2024 siendo las 19: 25 hrs aprox la víctima DIEGO ESTIVEN BERNAL CELY transitaba por calle Cueto al llegar a Yungay en la comuna de Santiago, siendo abordado por el imputado quien manteniendo un cuchillo carnicero de 20 cms de hoja y 12 de empuñadura en una de sus manos le vociferó “Pásame todo o te pego una puñalada” Para acto seguido revisar sus vestimentas sustrayéndole su teléfono celular marca Redmi de color gris, avaluado en la suma de $150.000 SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS HUGO QUIÑONES, ya individualizado, a la pena CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y a las accesorias de inhabilitación absoluta o perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, en su calidad de AUTOR de un delito de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, en grado de CONSUMADO, cometido en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 34 de la Ley 18.216 y habiendo oído al Ministerio del Interior se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de expulsión del territorio nacional. El sentenciado no podrá regresar a Chile en un plazo de diez años, contados desde la presente fecha. En el evento de incumplimiento, se le revocará la pena de expulsión y deberá cumplir el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, sirviéndole de abono los días que permaneció privado de libertad en esta Código: UCTVXTCWEJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl causa, esto es un total de 321 días. Ofíciese al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior para efectos que se lleve a cabo la implementación de la pena sustitutiva en un plazo de noventa días. En tanto, dese orden de internación del condenado hasta la ejecución de esta. III. Que se ordena el registro de la huel

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS HUGO QUIÑONES, ya individualizado, a la pena CINCO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y a las accesorias de inhabilitación absoluta o perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, en su calidad de AUTOR de un delito de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, en grado de CONSUMADO, cometido en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 34 de la Ley 18.216 y habiendo oído al Ministerio del Interior se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de expulsión del territorio nacional. El sentenciado no podrá regresar a Chile en un plazo de diez años, contados desde la presente fecha. En el evento de incumplimiento, se le revocará la pena de expulsión y deberá cumplir el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, sirviéndole de abono los días que permaneció privado de libertad en esta Código: UCTVXTCWEJN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl causa, esto es un total de 321 días. Ofíciese al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior para efectos que se lleve a cabo la implementación de la pena sustitutiva en un plazo de noventa días. En tanto, dese orden de internación del condenado hasta la ejecución de esta. III. Que se ordena el re

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Sentencia definitiva dictada en Procedimiento Abreviado FECHA: Santiago., veinte de marzo de dos mil veinticinco TRIBUNAL: Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: FREDDY ANTONIO CUBILLOS JOFRE RUC: 2400501221-6 RIT: 4998-2024 IMPUTADO: LUIS HUGO QUIÑONES C.I. 14953069-K DIRECCION Calle CUETO N° 1322 depto 113 COMUNA: Santiago DELITO Robo con intimidación. ARTICULO Artículo 436 del cód

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