JEREMY NICOLAS GWYNNI GUTIERREZ C/ CRISTIAN EDGARDO COFRÉ ARRAÑO
Rol
O-1256-2023
Fecha
20 de marzo de 2025
Materia
INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: Que el día 12 de marzo del año 2023 a las 11:30 horas aproximadamente en el sector de visitas del CPF Mayor Estay Olivares de San Miguel, ubicado en San Francisco N° 4756, Comuna de San Miguel, el requerido CRISTIAN EDGARDO COFRÉ ARRAÑO, hizo ingreso de forma oculta al interior de un calcetín que mantenía en su ropa y su cuerpo, las siguientes especies un cable de USB de color blanco de color blanco y un cable USB de color Negro, sin contar con las autorizaciones legales y reglamentarias requeridas para aquello CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL: Circunstancias atenuantes acogidas: Artículo 11 N° 6 y Artículo 11 N°9 del Código Penal Circunstancias agravantes acogidas: No concurren Santiago., veinte de marzo de dos mil veinticinco. SE DECLARA: I.- Que se acoge el requerimiento formulado por el Ministerio Público y como consecuencia se condena a CRISTIAN EDGARDO COFRÉ ARRAÑO, cédula de identidad N° 0013664681-8, 46 años, nacido el 01 de marzo de 1979,casado, obrero, con domicilio Calle Radal Nº 646, comuna de Quinta Normal, apercibido legalmente de conformidad con el artículo 26 del Código Procesal Penal, como AUTOR DEL DELITO DE INGRESO NO AUTORIZADO A CENTRO PENITENCIARIOS DE Código: EDVQXTKSFEN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ELEMENTOS TECNOLOGICOS QUE PERMITEN LA COMUNICACIÓN CON EL EXTERIOR, de conformidad con el artículo 304 Bis del Código Penal, EN GRADO DE DESARROLLO CONSUMADO, hecho ocurrido el día 12 de marzo de 2023, CPF Mayor Estay Olivares de San Miguel, ubicado en San Francisco N° 4756, Comuna de San Miguel, jurisdicción de este Tribunal, a sufrir la pena de VEINTIUNO (21) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, accesorias legales del artículo 30 del código penal, esto es, la suspensión de cargos y oficios públicos mientras dure la condena. II.- Que se exime de costas al condenado teniendo presente lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se acoge el requerimiento formulado por el Ministerio Público y como consecuencia se condena a CRISTIAN EDGARDO COFRÉ ARRAÑO, cédula de identidad N° 0013664681-8, 46 años, nacido el 01 de marzo de 1979,casado, obrero, con domicilio Calle Radal Nº 646, comuna de Quinta Normal, apercibido legalmente de conformidad con el artículo 26 del Código Procesal Penal, como AUTOR DEL DELITO DE INGRESO NO AUTORIZADO A CENTRO PENITENCIARIOS DE Código: EDVQXTKSFEN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ELEMENTOS TECNOLOGICOS QUE PERMITEN LA COMUNICACIÓN CON EL EXTERIOR, de conformidad con el artículo 304 Bis del Código Penal, EN GRADO DE DESARROLLO CONSUMADO, hecho ocurrido el día 12 de marzo de 2023, CPF Mayor Estay Olivares de San Miguel, ubicado en San Francisco N° 4756, Comuna de San Miguel, jurisdicción de este Tribunal, a sufrir la pena de VEINTIUNO (21) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, accesorias legales del artículo 30 del código penal, esto es, la suspensión de cargos y oficios públicos mientras dure la condena. II.- Que se exime de costas al condenado teniendo presente lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales y la forma de término del procedimiento. III.- Que decreta comiso y autoriza destrucción por parte del Ministerio Público de los elementos tecnológicos en poder del penado. IV.- Que por cumplir con los requisitos del artículo 4° de la ley 18.216 el Tribunal sustitu
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RESUMEN: R.U.C. : 2300269157-4 R.I.T. : 1256 - 2023 DELITO : DELITO DE INGRESO NO AUTORIZADO A CENTRO PENITENCIARIOS DE ELEMENTOS TECNOLOGICOS QUE PERMITEN LA COMUNICACIÓN CON EL EXTERIOR NOMBRE IMPUTADO : CRISTIAN EDGARDO COFRÉ ARRAÑO CÉDULA DE IDENTIDAD : 0013664681-8 DOMICILIO : CALLE RADAL Nº 646, QUINTA NORMAL FISCAL : YASMIN SALECH MORALES DEFENSOR : MARCELO JEREZ AVILA TRIBUNAL : 11° JUZGAD
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