CORVALÁN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA
Rol
C-2924-2021
Fecha
28 de septiembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Se ha iniciado este proceso rol 2924-2021 sobre declaraci n de prescripci nó ó extintiva de acci n de cobro de derechos de aseo, por demanda interpuesta por do aó ñ Miriam Rosa Corval n Bustamanteá , chilena, casada, c dula nacional de identidad N°é 6.999.972-7, domiciliada en Carlos Condell N° 48, comuna de La Cisterna, en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, persona jur dica de Derecho P blico,í ú representada legalmente por don Joel Andr s Olmos Espinoza, ingeniero civil, ambosé domiciliados en Pedro Aguirre Cerda N° 0161, comuna de La Cisterna. Expone que, seg n Informe emitido por la Direcci n de Administraci n y Finanzasú ó ó de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, actualizado al mes de junio de 2021, el inmueble de su propiedad ubicado en Carlos Condell N° 48, comuna de La Cisterna, mantiene una deuda por derechos de aseo correspondiente a las cuotas devengadas entre el 29 de febrero de 2004 y el 30 de junio de 2006, cuya acci n de cobro solicita se declareó prescrita. Funda su acci n en Derecho de conformidad a lo dispuesto en los art culos 2492,ó í 2493 y 2497 del C digo Civil, alegando la procedencia de su acci n por no haberseó ó ejercido las acciones correspondientes por parte de la Municipalidad, a quien le son aplicables las normas sobre prescripci n de forma general.ó Refiere adem s los art culos 2514, 2515 y 2518 de dicho C digo, en cuanto a que haná í ó transcurrido cinco a os desde que las obligaciones derivadas de tales derechos se hicieronñ exigibles, contados desde sus respectivos vencimientos, desde el 29 de febrero de 2004 hasta el 30 de junio de 2016, tiempo que no se ha interrumpido. A ade que, siendo la cuant a de lo disputado la suma de $3.263.743.- y la Unidadñ í Tributaria Mensual al mes de agosto del 2021 de $52.213.-, la cuant a del procedimiento esí mayor a 10 UTM y menor a 500 UTM, por lo que solicita se tramite de conformidad con las reglas del juicio ordinario de menor cuant a, de los í art culos 698 y
Fundamentos
Considerando : Primero: Que comparece a estrados do a Miriam Rosa Corval n Bustamante,ñ á interponiendo acci n de cobro de derechos de aseo en contra de la Ilustre Municipalidadó RIT« » Foja: 1 de La Cisterna, debidamente representada, por los fundamentos y con las peticiones referidas en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que la demandada, notificada legalmente de la demanda dirigida en su contra, la contest allan ndose a los hechos en ella expuestos, seg n se ha indicado ya enó á ú lo expositivo. Tercero: Que de acuerdo a lo previsto en el art culo 1698 del C digo Civil,í ó incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta.ó é é Cuarto: Que para acreditar los fundamentos de su acci n, la demandante acompaó ñó en forma legal y sin objeci n de la contraria, la siguiente prueba instrumental:ó a) Copia de Informe de deuda de derechos de aseo, emitido por la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, de fecha 15 de junio de 2021; b) Copia de inscripci n del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra cesó í de San Miguel, de fecha 23 de junio de 2021; c) Copia de certificado de residencia, emitido por la Unidad Vecinal N° 203 Llanos de Curauma, 20 de julio de 2021; d) Copia de c dula de identidad de do a Miriam Rosa Corval n Bustamante.é ñ á Quinto: Que frente a la demanda materia de autos, corresponde siempre a la parte interesada impetrar la prescripci n de deuda por concepto de derechos de aseo, ello porqueó el art culo 2493 del C digo Civil se ala que quien quiera aprovecharse de la prescripci ní ó ñ ó debe alegarla, no pudiendo el Juez declararla de oficio. Sexto: Que ante la solicitud de prescripci n extintiva de acciones de cobroó efectuada por la actora y fundada en un plazo de prescripci n de cinco a os, resulta esteó ñ plazo aplicable en la especie, en atenci n a que el cobro que se persigue declarar prescritoó responde a derechos municipales de aseo domiciliario, en los que el pago se refiere a una actividad que beneficia directamente a la usuaria (extracci n de residuos domiciliarios oó basura). Dichas rentas tienen un car cter distinto al del impuesto, de acuerdo a laá redacci n del art culo 6º la Ley de Rentas Municipales y, por ende, quedando fuera deó í la aplicaci n del art culo 2521 del C digo Civil, se rige por la regla general del art culoó í ó í 2515 del C digo Civil, contemplada a prop sito de la prescripci n extintiva de las acciones,ó ó ó que es de cinco a os.ñ S ptimoé : Que atento los fundamentos de la acci n, el allanamiento de laó demandada y con el m rito del certificado de deuda aportado por la actora, legalmenteé apreciado, se tiene por acreditada su legitimidad activa e inter s sobre la declaraci n queé ó persigue, en la medida que aparece do a “Corval n Bustamante Miriam Rosa” en calidadñ á de deudora de los derechos de aseo de marras, respecto del predio de Carlos Condell N° 48 (La Cisterna). Dicho inter s se encuentra reafirmado por lo expresado en la inscripci n deé ó dominio apar
Fallo
se declarar la extinci n del derecho de cobro de los reajustes,á ó multas y cualquier recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes al periodo antes referido, atendido precisamente la calidad de accesorios de aqu llos en relaci n aé ó stos.é D cimoé : Que no se condenar en costas a la demandada por no mediar oposici ná ó de su parte. Por estas consideraciones y atento, adem s, lo previsto en los art culos 144, 160 yá í 170 del C digo de Procedimiento Civil y 1437, 1698, 2515, 2521 y 2493 del C digo Civil,ó ó se declara que: I.- Se acoge la demanda de prescripci n extintiva interpuesta por ó do a Miriamñ Rosa Corval n Bustamanteá y se declaran extinguidas las acciones de cobro respecto de los derechos de aseo correspondientes a los periodos con vencimiento entre el 29 de febrero de 2004 y el 30 de junio de 2016, respecto del predio de Carlos Condell N° 48, comuna de La Cisterna, as como tambi n las referentes a los reajustes, multas y dem s que leí é á accedan. II.- No se condena en costas a la demandada. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada y firmada por do a Katherine Campbell Espinosa, Juez Suplente.ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, veintiocho de Septiembre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-2924-2021 CARATULADO : CORVAL N/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAÁ CISTERNA San Miguel, veintiocho de Septiembre de dos mil veintiuno Vistos: Se ha iniciado este proceso rol 2924-2021 sobre declaraci n de prescripci nó ó extintiva de acci n de cobro de derechos de aseo, por demanda interpuesta por do aó
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