YÉVENES/SUPERINTENDENCIA EDUCACION REGIÓN DE METROPOLITANA
Rol
T-344-2022
Fecha
4 de octubre de 2022
Materia
Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Daño moral
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Mediante Resolución TRA 120336/452/2018 se le nombró en calidad de titular en el cargo de DIRECTOR REGIONAL, grado 6° Escala de sueldos del DL 3551 de 1980, de la Planta de Directivos de dicho servicio, cargo afecto al sistema de Alta Dirección Pública, 2° Nivel, con jornada de 44 horas semanales, por el periodo de 3 años a contar del 22 de Octubre de 2018 y hasta el 22 de octubre de 2021. Mediante Resolución Exenta RA 120336/159/2021 de fecha 28 de Octubre de 2021, se procedió a la renovación de dicho nombramiento del 23.10.2021 al 23.10.2024, lo que le fue comunicado mediante Ordinario 1089 de fecha 21 de Septiembre de 2021. Con fecha 4 de Mayo de 2022 el Superintendente de Educación (S) Claudio Borges Castillo, le solicitó mediante notificación escrita, su renuncia no voluntaria al cargo que servía, fundado en que “en conformidad a la normativa establecida en el Sistema de Alta Dirección pública que rige para los cargos directivos del Segundo nivel jerárquico, y según lo establecido en el artículo quincuagésimo octavo de la ley N°19882, esto es, por ser el cargo que Usted sirve de exclusiva confianza de esta autoridad. Finalmente, -señala la carta-, parece relevante indicar que, si dicha renuncia no se presenta dentro de las cuarenta y ocho horas de requerida, se declarará vacante el cargo.” Ante lo anterior, presentó su renuncia no voluntaria a contar del 06 de Mayo de 2022, mediante carta ingresada a la Superintendencia de Educación, sección Administración y Finanzas de la Dirección Regional del Bío Bío, con fecha 05 de Mayo de 2022.- Hace presente que su remuneración mensual promedio últimos 3 meses era de $5.318.781.- y que la última remuneración percibida íntegra corresponde al mes de Abril de 2022 por un monto total de $5.013.367.- A la fecha de desvinculación se encontraban pendientes 22 días de feriado legal. Por último, hace presente que su desempeño en el cargo y en relación al convenio de desempeño suscrito entre las partes, éste fue aprobado d
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don LUIS RODRIGO YÉVENES CANALES, profesor, con domicilio en Camilo Henríquez 2247, depto. 103, Concepción, viene en deducir denuncia en procedimiento de tutela laboral en contra de la SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN, Persona Jurídica de derecho público, descentralizado y con patrimonio propio, representada legalmente por el Superintendente de Educación (S), don CLAUDIO BORGES CASTILLO, ambos con domicilio en calle Morandé 115, piso 10, Santiago, o por quien lo suceda, subrogue o reemplace en virtud de lo previsto en el artículo 4º del Código del Trabajo fundado en las consideraciones de hecho y de derecho que paso a exponer. LOS HECHOS: Mediante Resolución TRA 120336/452/2018 se le nombró en calidad de titular en el cargo de DIRECTOR REGIONAL, grado 6° Escala de sueldos del DL 3551 de 1980, de la Planta de Directivos de dicho servicio, cargo afecto al sistema de Alta Dirección Pública, 2° Nivel, con jornada de 44 horas semanales, por el periodo de 3 años a contar del 22 de Octubre de 2018 y hasta el 22 de octubre de 2021. Mediante Resolución Exenta RA 120336/159/2021 de fecha 28 de Octubre de 2021, se procedió a la renovación de dicho nombramiento del 23.10.2021 al 23.10.2024, lo que le fue comunicado mediante Ordinario 1089 de fecha 21 de Septiembre de 2021. Con fecha 4 de Mayo de 2022 el Superintendente de Educación (S) Claudio Borges Castillo, le solicitó mediante notificación escrita, su renuncia no voluntaria al cargo que servía, fundado en que “en conformidad a la normativa establecida en el Sistema de Alta Dirección pública que rige para los cargos directivos del Segundo nivel jerárquico, y según lo establecido en el artículo quincuagésimo octavo de la ley N°19882, esto es, por ser el cargo que Usted sirve de exclusiva confianza de esta autoridad. Finalmente, -señala la carta-, parece relevante indicar que, si dicha renuncia no se presenta dentro de las cuarenta y ocho horas de requerida,
Fallo
se declarará vacante el cargo.” Ante lo anterior, presentó su renuncia no voluntaria a contar del 06 de Mayo de 2022, mediante carta ingresada a la Superintendencia de Educación, sección Administración y Finanzas de la Dirección Regional del Bío Bío, con fecha 05 de Mayo de 2022.- Hace presente que su remuneración mensual promedio últimos 3 meses era de $5.318.781.- y que la última remuneración percibida íntegra corresponde al mes de Abril de 2022 por un monto total de $5.013.367.- A la fecha de desvinculación se encontraban pendientes 22 días de feriado legal. Por último, hace presente que su desempeño en el cargo y en relación al convenio de desempeño suscrito entre las partes, éste fue aprobado de la siguiente forma: A) Para el periodo comprendido entre octubre 2018 y octubre 2019 con un 96.81%; B) Para el periodo Octubre 2019 a Octubre 2020, con un 97.85%; C) para el periodo octubre 2020 y octubre 2021, con un 96.64%. Indica que con fecha 04.07.2022 se le depositó en su cuenta corriente la suma de $15.689.673 por concepto de indemnización años de servicio (3 años). EL DERECHO: El artículo quincuagésimo octavo de la ley 19882 modificada por la ley 20955, establece: ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO OCTAVO. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, los altos directivos públicos tendrán en materia de remoción la calidad de empleados de la exclusiva confianza de la autoridad facultada para disponer su nombramiento. Durante los seis primeros meses del inicio del respect
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Concepción cuatro de octubre de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don LUIS RODRIGO YÉVENES CANALES, profesor, con domicilio en Camilo Henríquez 2247, depto. 103, Concepción, viene en deducir denuncia en procedimiento de tutela laboral en contra de la SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN, Persona Jurídica de derecho público, descentralizado y con patrimonio propio,
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